Caso pagarés: Corte remarca que no puede suspender descuentos salariales a víctimas

425
Ministros de la Corte Suprema de Justicia

La Corte Suprema de Justicia respondió a la Cámara de Diputados que no puede suspender los descuentos salariales de las víctimas de la mafia de los pagarés, ya que carece de facultades para suspender efectos de resoluciones judiciales dictadas por jueces competentes.

En el dictamen realizado por la Dirección de Asuntos Jurídicos del Poder Judicial, se menciona que las personas afectadas pueden recurrir con incidentes y nulidades ante los juzgados donde se tramitan sus causas.

La ministra Carolina Llanes expuso las medidas que sí puede realizar la máxima instancia judicial y citó las auditorías, sumarios y suspensión de funcionarios que fueron ordenados. Refirió que, a la fecha, hay 11.836 expedientes, 9 magistrados fueron sumariados y 3 están suspendidos sin goce de sueldo, entre otros funcionarios afectados por decisiones administrativas.

El ministro Alberto Martínez Simón reiteró que, en fecha 09 de abril del corriente año, la Corte Suprema de Justicia ya emitió un comunicado donde se dejó constancia de la imposibilidad jurídica de disponer levantamientos colectivos de embargos, debido a que ello sería atentar directamente contra normas constitucionales que impiden que cualquier ente se inmiscuya en un proceso, menos aún ordenar medidas.

“Tenemos noticias de que el Ministerio de la Defensa Pública ha hecho ya varias intervenciones en esos procesos y ha logrado resultados plausibles en algunos de ellos; también nuestros jueces de oficio, en algunas oportunidades, ante la presencia de alguna irregularidad han decretado nulidades, caducidades, levantado embargos de oficio, etc., por lo tanto, se han tramitado institucionalmente y de acuerdo al marco normativo” afirmó Martínez Simón.

El ministro Eugenio Jiménez Rolón respaldó la postura de su colega Alberto Martínez Simón al recalcar la “imposibilidad absoluta” de que la Corte Suprema de Justicia intervenga de manera directa en procesos ejecutivos, en razón de los impedimentos expresos establecidos tanto en la Constitución Nacional como en la legislación vigente.

“La Corte Suprema ha adoptado y continúa adoptando todas las medidas que, dentro del marco constitucional y legal, se hallan a su alcance; lo que no puede hacer es transgredir el ordenamiento jurídico”, remarcó Jiménez Rolón.

Añadió que, al realizar un examen objetivo de la situación, la única conclusión posible es que el Máximo Tribunal se encuentra depurando y saneando el sistema procesal vinculado a la problemática de los pagarés, cumpliendo así con su deber de resguardar la legalidad y la institucionalidad.