En relación a la acusación presentada por el Ministerio Público en contra del usurero Ramón González Daher y la abogada Emma González Ramos, se llevó a cabo la audiencia preliminar para ambos donde el Juez Rolando Duarte elevó la causa a juicio oral y público. Durante su declaración, González Daher aseguró que es un perseguido político y que fue Antebi quien le había entregado los 20 cheques hurtados y, sin saber de su procedencia, entregó los cheques a su abogada.
Al respecto, la abogada Raquel Talavera señaló que dicha decisión no fue la correcta; que los jueces penales de garantías no cumplen su rol de ver si se cumplen los elementos objetivos del tipo, que fue uno de los planteamientos realizados por la defensa, referente a la calificación del tipo de hurto agravado en grado de instigador.
Explicó que cuando se sustrajeron los 471 cheques del juzgado, en principio se realizó la investigación por presunto quebrantamiento de depósito que, como calificación, se podría subsumir, pero, con relación a que la misma relación fáctica se subsuma dentro del quebrantamiento de depósito y hurto agravado, no corresponde según la abogada. Esto, debido a que la calificación del hurto agravado está dentro del título 2 del Código Penal, de hechos punibles contra el patrimonio de las personas.
“Entonces, el quebrantamiento del depósito podría darse sin entrar a estudiar el fondo de la cuestión, pero el hurto, para que esto se pueda dar, tiene que ser la sustracción de documentos de propiedad ajena. Los referidos cheques nunca fueron propiedad ni del juzgado ni de la Fiscalía, entonces no corresponde esa calificación” agregó.
Afirmó que todos los jueces de garantías, en todas las causas referentes a su defendido, no analizan la cuestión para que eventualmente se leve la causa a juicio oral y público en forma, con las calificaciones que correspondan y le “tiran todo el trabajo” a los tribunales de sentencia.