Caso Ryguasú: Fiscales apelan decisión del Juez Florentín

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Juez Raúl Florentín

Las Fiscales Patricia Sánchez y María José Abed apelaron la resolución del Juez Raúl Florentín que rechazó el pedido de otorgamiento de prórroga en relación a la causa por hurto agravado contra el abogado Rodolfo Melgarejo Ayala, que derivó del crimen del narcotraficante Ederson Salinas alias “Ryguasú”. Según el magistrado, las Fiscales presentaron la solicitud de prórroga ordinaria en tiempo extemporáneo.

Al respecto, el Juez Raúl Florentín manifestó a PDS Radio que la causa ya había iniciado con una imputación presentada en fecha 01 de marzo de este año, cuando los señores Aldo Raúl Villalba, Elías Francisco Poletti y Rodolfo Manuel Melgarejo fueron imputados por la presunta comisión de los hechos punibles de hurto agravado, hurto y frustración de la persecución penal.

El periodo de investigación fue agotado hasta que el Ministerio Público solicitó el sobreseimiento definitivo con relación a los tres procesados, a debidas cuentas de que el hurto agravado de una camioneta finalmente pertenecía a una empresa dedicada al rubro de compra/venta de vehículos y que Rodolfo Melgarejo contaba con un poder especial para poder negociar sobre el mismo.

“Antes de vencer el plazo investigativo la Fiscalía solicitó la ampliación de la imputación por el hecho punible de hurto solamente con relación a Rodolfo Melgarejo. Hay que aclarar que en una primera instancia este juzgado había resuelto admitir la imputación únicamente por hurto agravado, con relación a los tres supuestos participantes” agregó el Juez.

Dicha decisión fue apelada por la Fiscalía y la Cámara de Apelaciones declaró desierto dicho recurso de apelación y, en consecuencia, quedó firme la decisión del Juez Florentín de admitir la imputación únicamente por el hecho de hurto agravado. Con respecto al nuevo hecho punible que se le atribuye a Melgarejo relacionado al hurto de la maleta que supuestamente tenía “Ryguasú”, el magistrado refirió que había aplicado lo establecido en el art. 314 en el sentido de devolver la imputación al Ministerio Público considerando que se trataba exactamente de los mismos hechos.

“Esto para no violar el principio del “non bis in ídem” ya que no existía ningún hecho nuevo que se le atribuya al señor Rodolfo Manuel Melgarejo; la Fiscalía se ratificó y este juzgado dio trámite del 314, segundo párrafo y en consecuencia se notifica a la Fiscalía General del Estado que ratifica lo actuado por la agente fiscal en esta causa, entonces el juzgado no tiene más opción que admitir la imputación” explicó.

En razón de la nueva imputación, el juzgado otorgó dos meses a las agentes fiscales para realizar la investigación atendiendo a que ya han pasado seis meses desde que comenzaron a investigar a Melgarejo por exactamente el mismo hecho. Con respecto a ello, la Fiscalía presentó un pedido de prórroga ordinaria el pasado 31 de agosto a las 18:20hs, cuando la fecha señalada por el juzgado fue del 01 de septiembre para poder plantear el requerimiento conclusivo que corresponda, por lo que eso dificulta que se pueda llevar a cabo la audiencia en la forma correcta, ya que la misma debe ser señalada con una antelación mínima de cinco días según lo establecido en el art. 163 del CPP.

“No obstante, el Juez que me estaba interinando señaló la audiencia de prórroga para el lunes que pasó, pero ya fuera del plazo inicial previsto por este juzgado para la presentación del requerimiento conclusivo, con lo cual no quedaba más alternativa que imprimir trámite a la Fiscalía General del Estado para que requiera lo que considere pertinente. Esta resolución ahora fue apelada y vamos a darle trámite a la apelación” manifestó el Juez Florentín.

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