Caso Tajy: juez Humberto Otazú seguirá al frente de causa contra Miguel Prieto

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Miguel Prieto y juez Humberto Otazú

El Tribunal de Apelación en lo Penal Especializado en Delitos Económicos, Primera Sala de la Capital, rechazó la recusación presentada por el exintendente de Ciudad del Este Miguel Prieto contra el juez penal de garantías Humberto Otazú, en el marco de la causa conocida como “Caso Tajy”, en la que fue acusado por un supuesto perjuicio patrimonial de aproximadamente Gs. 306 millones.

Con esta decisión, el magistrado queda confirmado al frente del proceso y podrá continuar con la tramitación de la audiencia preliminar, etapa en la que deberá resolverse si la causa es elevada o no a juicio oral y público. Además, el Tribunal resolvió convocar a Miguel Prieto para el próximo 10 de junio a las 09:00 horas, a fin de que comparezca a una audiencia prevista en el art. 114 del Código Procesal Penal, donde se analizará la eventual aplicación de una sanción vinculada a la recusación promovida.

La recusación fue presentada por el propio Miguel Prieto ejerciendo su defensa, invocando la causal prevista en el art. 50 inciso 13 del Código Procesal Penal, disposición que contempla la posibilidad de apartar a un magistrado cuando existan motivos que generen temor de parcialidad. En su presentación, Prieto volvió a sostener que el juez Humberto Otazú mantiene una supuesta relación de amistad con la familia Zacarías, argumento que, según indicó el Tribunal, ya había sido expuesto en reiteradas ocasiones dentro del mismo proceso.

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La resolución señala que tanto la Cámara de Apelaciones como la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia ya habían rechazado anteriormente planteamientos similares, exponiendo las razones por las cuales no correspondía apartar al magistrado. El exintendente también cuestionó actuaciones del juez Otazú en otra causa penal que enfrenta, afirmando que el magistrado demostró “manifiesta parcialidad” al no admitir determinados medios de prueba.

Sin embargo, el Tribunal consideró que esos argumentos carecen de sustento suficiente para justificar una recusación. Los camaristas explicaron que, aunque el art. 50 inciso 13 del Código Procesal Penal constituye una causal abierta que permite alegar temor de parcialidad, dicho temor debe estar respaldado por motivos objetivos y razonables que justifiquen una verdadera desconfianza sobre la imparcialidad del juez.

En ese sentido, la resolución sostiene que no basta la percepción subjetiva de una de las partes respecto a decisiones judiciales adversas. “Pretender fundamentar este temor en la visión subjetiva de quien recusa resultaría incluso violatorio del principio de juez natural”, señalaron los magistrados. El Tribunal concluyó que Miguel Prieto sustentó su recusación principalmente en su desacuerdo con resoluciones adoptadas por Humberto Otazú en otro expediente, situación que, según indicaron, no constituye causal válida para apartar a un juez.

Asimismo, recordaron que tanto la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia como distintos Tribunales de Apelación han sostenido reiteradamente que las apreciaciones subjetivas de los intervinientes respecto a la corrección o incorrección de una resolución judicial no pueden servir de fundamento para una recusación.

“Careciendo esta recusación de hechos que la hagan sustentables y no habiéndose invocado motivo razonable alguno, corresponde no hacer lugar”, expresa la resolución. Además del rechazo de la recusación, el Tribunal dispuso la convocatoria de Miguel Prieto a una audiencia conforme al art. 114 del Código Procesal Penal.

La decisión se basa en la última parte del art. 343 del CPP, normativa que habilita a analizar posibles sanciones cuando se considera que una recusación fue promovida sin fundamentos suficientes. Finalmente, el Tribunal ordenó remitir nuevamente el expediente al juzgado de origen para la prosecución de la causa.

La causa conocida como “Caso Tajy” investiga presuntas irregularidades administrativas que habrían ocasionado un supuesto perjuicio patrimonial cercano a Gs. 306 millones durante la gestión de Miguel Prieto al frente de la Municipalidad de Ciudad del Este.