Respecto a la acusación y pedido de elevación a juicio de la causa contra la exjuez Tania Irún, el abogado querellante Osvaldo Bittar manifestó a PDS Radio que tenía confianza en el Ministerio Público y se encuentra conforme con la decisión de la Fiscal Adjunta Soledad Machuca de rectificar el pedido de sobreseimiento definitivo y presentar acusación contra la exjuez procesada por prevaricato.
Recordó que, el mismo día que vencía el plazo para presentar el requerimiento conclusivo en la causa que afronta Tania Irún tras haber otorgado 310 mil hectáreas en el Chaco a empresas de maletín, la misma recusó a la Fiscal natural de la causa Natalia Fuster y se designó de forma provisoria a la Fiscal Verónica Valdez, quien no tuvo la carpeta fiscal ni siquiera 12 horas y de igual forma presentó el pedido de sobreseimiento definitivo, lo cual evidencia que no leyó el expediente.
“Lo llamativo para nosotros fue la ratificación del sobreseimiento definitivo por parte de la Fiscal Natalia Fuster, quien fue confirmada al día siguiente de su recusación. En razón de la audiencia preliminar, ella ratificó el pedido de sobreseimiento definitivo, pero lo hizo de forma errada, ya que modificó la calidad del sobreseimiento. Valdez lo había hecho por imposibilidad de recabar nuevos datos de la investigación y Fuster lo hizo por inexistencia del hecho punible” comentó el abogado.
Existiendo esa dualidad en cuanto al requerimiento, no siendo un requerimiento único y consistente, llevó a que el Juez Penal de Garantías Yoan Paul López, con mucho tino, otorgara el trámite de falta de acusación, ya que, debido al caudal probatorio existente en la carpeta fiscal, existe caudal probatorio para poder sostener una acusación en un juicio oral y público. “Fue una decisión de un Juez con muchos huevos” afirmó Bittar.
“Apenas se imprimió el trámite, nosotros como querellantes estábamos muy confiados en lo que iba a ocurrir. Sabíamos perfectamente que Natalia Fuster estaba convencida de esta causa y que debía haber una acusación y considerábamos que al Fiscal General del Estado no le iban a pasar desapercibidos estos hechos, porque el caudal probatorio es enorme, esto no podía quedar al simple arbitrio de una fiscal interina que supuestamente estudió todos esos tomos en 12 horas, sin que esto pueda ser considerado por un Tribunal de Sentencia”