Con la declaración de testigos prosiguió esta mañana el juicio oral para Lorenzo González Martínez, acusado por el secuestro y posterior homicidio doloso de Cecilia Cubas. El Tribunal ordenó que el testigo Luis Canillas declare de manera presencial y que previamente se realice un reconocimiento de persona, respecto al acusado.
No obstante, la defensa planteó un recurso oponiéndose a esta decisión. Hoy la querella pidió que se le pueda exhibir el rostro de Lezcano a Canillas, para que pueda decir si tiene o no las facciones que se plasmaron en un identikit hecho durante la investigación. Lezcano es acusado de participar tanto en el secuestro como en la muerte de Cecilia Cubas, cuyo cuerpo se encontró en Mbokajaty, Ñemby, en el 2005.
Al respecto, el abogado querellante Andrés Casati refirió que, dentro de la deposición de Luís Canillas, el mismo manifestó que en aquella ocasión tuvo la oportunidad de reunirse con los testigos presenciales del secuestro y que había conversado con los mismos; luego de 45 días aproximadamente se habían conformado los identikits de los captores de Cecilia Cubas y había observado una cinta magnetofónica que le había mostrado uno de los oficiales intervinientes de la investigación, de nombre Merardo Palacios, sobre prácticas paramilitares que se habían dado en una habitación.
“La pregunta de la querella fue, específicamente, si se le podía mostrar al testigo el rostro del acusado, a los efectos de que pueda manifestar, de acuerdo a lo que surgió de esta declaración testifical, si el acusado tiene similitud a alguno de los identikits que él había observado en aquella oportunidad, o el rostro de alguna de las personas que conformaban ese video en el que se mostraba a personas realizando prácticas paramilitares” explicó el abogado.
La defensa del acusado se opuso a esto manifestando que no se hizo en el momento procesal oportuno y que no se reunían las reglas establecidas en el debido proceso para el reconocimiento de personas. Ante dicha reposición, la querella sostuvo que no se solicitó un reconocimiento de personas, sino que simplemente que se le exhiba la imagen del acusado a los efectos de que se confirme si había similitud con alguna de las personas que participaban en el video o en el identikit.
“Se hizo lugar a la reposición de la defensa, pero el Tribunal dispuso, como prueba del mejor proveer y como búsqueda de la verdad de acuerdo a lo que establece el art. 172 del Código Procesal Penal (CPP), que se cite al Dr. Canillas de forma presencial y que se realice un reconocimiento de personas de acuerdo a las reglas establecidas por el CPP” agregó Casati.
Ante esto, la defensa repuso la decisión nuevamente con acompañamiento del Ministerio Público, pero la querella se mantuvo en la postura del Tribunal y solicitó que se ratificara, a lo cual el colegiado hizo lugar y el Dr. Canillas será citado próximamente para el reconocimiento de personas, ya que es un hecho muy grave por el que se acusa a Lorenzo González Martínez, por lo que para el Tribunal de Sentencia es fundamental la realización del reconocimiento de personas.