Codehupy presentó anteproyecto de ley para evitar desalojos de asentamientos durante la pandemia

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Óscar Ayala Amarilla, Secretario Ejecutivo de la Coordinadora de Derechos Humanos del Paraguay (Codehupy) contó a PDS Radio-TV Digital que presentaron ante el Congreso Nacional un anteproyecto de ley que tiene por objeto la suspensión de la ejecución de las medidas de desalojo que sean dispuestas jueces o el Ministerio Público durante el tiempo que dure la pandemia por el covid-19.

 

Indicó que lo que motivó el anteproyecto es que prácticamente de manera semanal se dan los desalojos de comunidades indígenas, asentamientos campesinos que han sido desalojados de manera violenta, situaciones donde el estado ha procedido sin otorgar ningún tipo de alternativa a la gente, dejándolas en la calle sin ninguna protección.

Refirió que los desalojos que se hacen en Paraguay, son prácticas prohibidas por el Derecho Internacional de los Derechos Humanos porque califican como desalojos forzosos, sobre el punto resaltó que la ONU y el Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos, varios relatores especializados, entre ellos el del derecho a la vivienda han recomendado a todos los Estados que durante el tiempo que la pandemia esté vigente se suspendan los desalojos.

 

En ese sentido lamentó que Paraguay no haya acatado la directriz como sí se dio en otros países y que dicha situación abrumadora por la que pasan muchos compatriotas es la que originó el planteamiento que está basado en las obligaciones internacionales que tiene el Estado fundamentalmente en el contexto de la pandemia.

 

Señaló que el anteproyecto tiene carácter transitorio, ya que solo estará vigente durante el lapso de la pandemia y que tiene como objetivo principal suspender los desalojos de asentamientos colectivos tanto urbanos como rurales que ya estaban constituidos con anterioridad a la declaración de la emergencia sanitaria.

 

En ese contexto indicó que el anteproyecto de ley dispone que el INDI, el Indert, en Ministerio de Urbanismo, Vivienda y Hábitat (MUVH) que son las entidades públicas que generalmente son las que tramitan las demandas de reconocimiento de derecho a las comunidades, deben informar a los 30 días posteriores a la aprobación de la ley al Poder Judicial, Ministerio Público y a la Policía Nacional de aquellos asentamientos que están constituidos antes de la pandemia a los efectos de que los mismos puedan ser beneficiados con la suspensión del desalojo.

 

“Podríamos decir que esta ley casi de naturaleza humanitaria, consistente con las propias recomendaciones que el estado dando para contener la pandemia” en el sentido de que piden a la gente que se quede en su casa, que no se aglomere, pero también “el mismo Estado que dice eso es el que va con la Policía y la Fiscalía les echa de sus casas y no les da alternativa” expresó Ayala.

 

Comentó que los desalojos principalmente de las comunidades indígenas se da por la falta absoluta de seguridad jurídica que tienen las comunidades sobre de las tierras tradicionales, el estado nunca ha realizado una política de reconocimiento de derechos de las comunidades indígenas, al contrario han otorgado títulos a terceros en lugares en el que tradicionalmente han estado las comunidades indígenas.

 

A eso se suma que en tiempo en que Valentín Gamarra era presidente del INDI, se hicieron muchísimas compras fraudulentas de las tierras, “y mucho de los títulos que están siendo cuestionados que están registrados a nombre del INDI son títulos que muchas veces tienen defectos y son adquiridos sin ningún tipo de seguridad jurídica y que hoy están utilizando muchos empresarios que se han ido apropiando de las tierras”.