Colorado Róga: procesados cuestionan investigación y destacan fallo del Tribunal

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Arnaldo Francisco Martínez, Pedro Manuel Areco Rivas y Enrique Agüero Escobar junto a sus abogados

Tras la decisión del Tribunal de Sentencia de declarar la nulidad parcial de la acusación fiscal y disponer el sobreseimiento definitivo de Arnaldo Francisco Martínez, Pedro Manuel Areco Rivas y Enrique Agüero Escobar en la causa por la quema de Colorado Róga, los procesados y sus abogados valoraron la resolución judicial y sostuvieron que el fallo restablece garantías constitucionales y el debido proceso.

La defensa de Arnaldo Francisco Martínez estuvo a cargo del defensor público Delio Vera, mientras que Enrique Agüero Escobar fue representado por el defensor público Osmar Fretes. En el caso de Pedro Manuel Areco Rivas, ejercieron la defensa técnica los abogados Horacio y Paul Fialayre. Por su parte, Vivian Guadalupe Génez Mesa es asistida por el abogado Guillermo Ferreiro.

Al término de la audiencia, Pedro Manuel Areco manifestó que la resolución representa “un acto de justicia” luego de varios años de proceso judicial. Señaló que nunca estuvo en discusión la existencia del hecho relacionado con el incendio de la sede partidaria de la Asociación Nacional Republicana (ANR), sino la identificación de las personas responsables.

“El hecho punible de la quema de Colorado Róga nunca se negó”, expresó Areco, quien cuestionó la actuación del Ministerio Público al sostener que la investigación apuntó selectivamente contra determinadas personas en lugar de identificar a los autores materiales de los hechos.

Según indicó, durante el primer juicio se analizaron más de 300 videos relacionados con las manifestaciones y los incidentes ocurridos en marzo del año 2021. En ese contexto, afirmó que las acusaciones se dirigieron contra personas que participaron de las protestas y reclamaban transparencia en el manejo de los fondos públicos.

Areco sostuvo además que la resolución del Tribunal fortalece la confianza en el respeto de las garantías constitucionales y en el rol de los jueces penales. “Esto hace creer que realmente la Constitución en Paraguay se sigue respetando”, afirmó. También destacó el trabajo de sus abogados defensores y señaló que, a través de la labor técnica desarrollada durante el proceso, lograron demostrar que no tuvo participación en los hechos por los cuales fue acusado.

Por su parte, uno de los abogados de la defensa, el Dr. Horacio Fialayre, consideró que el Tribunal actuó conforme a derecho al hacer lugar a los incidentes planteados contra la acusación fiscal. El profesional cuestionó la actuación de la entonces fiscal de la causa, Estefanía González, actualmente fiscal adjunta y calificó la acusación como carente de sustento suficiente.

El defensor sostuvo que la acusación no describía adecuadamente las conductas atribuidas a los procesados y afirmó que, desde su perspectiva, existió una orientación indebida de la investigación hacia determinadas personas vinculadas a las protestas.

Otro integrante de la defensa hizo referencia a la producción probatoria incorporada durante el proceso y recordó que se analizaron alrededor de 300 horas de videos para intentar establecer la participación de los acusados y la forma en que habrían intervenido en los hechos investigados. Asimismo, valoró la decisión adoptada por el Tribunal de Sentencia y señaló que este tipo de resoluciones contribuyen a fortalecer la confianza en el sistema judicial penal.

Los abogados también mencionaron la postura asumida durante la audiencia por la representante del Ministerio Público presente en el juicio, indicando que no se opuso al incidente promovido por las defensas, situación que, según señalaron, permitió avanzar hacia el sobreseimiento definitivo de los acusados beneficiados con la resolución.

El Tribunal de Sentencia concluyó que, en los casos de Arnaldo Francisco Martínez, Pedro Manuel Areco Rivas y Enrique Agüero Escobar, la acusación fiscal no contenía una descripción concreta, individualizada y suficientemente fundada de conductas penalmente relevantes que permitieran sostener válidamente el juicio oral.

No obstante, el proceso continuará respecto a Vivian Guadalupe Génez Mesa, al considerar los magistrados que en su caso sí existe una relación de hechos que deberá ser debatida y eventualmente probada durante el juicio oral y público.

La causa sigue siendo juzgada por el Tribunal integrado por Rossana Maldonado, Lourdes Garcete y Manuel Aguirre, con la fiscal Mercedes Vera en representación del Ministerio Público.