Con sugestiva celeridad, ministro acepta intervenir en juicio de 500 millones de dólares

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El ministro César Garay aceptó integrar la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia junto a sus colegas César Diesel y Antonio Fretes para estudiar la inconstitucionalidad promovida contra dos fallos. En primera instancia, la jueza Tania Irún había entregado 310 mil hectáreas en el Chaco a empresas de maletín en violación a la ley de seguridad fronteriza. Luego, la Cámara Civil, integrada por Antonia López, Stella Mary Zarate y Miguel Ángel Rodas, y que habría sido conformada a medida según denuncia, confirmó la resolución de la magistrada.

 

Ahora, llama la atención la celeridad con que Garay aceptó analizar la acción. Un alto integrante del Poder Ejecutivo estaría detrás del caso.

 

La Asociación Espíritu Santo para la Unificación del Cristianismo Mundial, afectada por el fallo judicial, presentó acción de inconstitucionalidad contra la resolución de la Cámara que confirmó la resolución emanada de la Jueza Tania Irún.

 

La acción presentada debe ser estudiada para su admisibilidad por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.

 

La Sala mencionada primeramente se integró por los Ministros Cesar Diesel, Antonio Fretes y Luis Benítez Riera.

 

El ministro Benítez Riera se inhibió de entender en la acción, por lo que se remitió el expediente al ministro Cesar Garay, quien en fecha de 14 de octubre del año en curso acepto intervenir en el expediente.

 

Por la importancia del proceso y por la serie de irregularidades que fueron denunciadas y están siendo investigadas en el juicio, se ha solicitado que la Sala Constitucional fuera ampliada al pleno de la Corte y que la sesión en la que se adopten las eventuales resoluciones, sean televisadas en directo.

 

En el improbable caso que la Corte Suprema de Justicia no haga lugar a la acción de inconstitucionalidad, el expediente deberá ser remitido al juez de Primera Instancia a efectos de dar cumplimiento a la sentencia de Tania Irún.

 

El juez de Primera Instancia deberá intimar a la Asociación Espíritu Santo a transferir las fincas objeto del litigio a la parte demandante. Esta sería una resolución en donde el juez estaría cometiendo prevaricato, además sería de cumplimiento imposible, porque de hacerlo, la Asociación estaría violando la Ley de Seguridad Fronteriza.

 

Consecuentemente ante la negativa legitima por parte de la Asociación, el juzgado podría designar a un escribano a fin que realice la transferencia. Este escribano no podría ejecutar tal orden, porque estaría violando la ley precedentemente mencionada, con las sanciones civiles, penales y administrativas que acarrearían.

 

Finalmente, si el juzgado y el escribano violaran la ley, serán denunciados en sedes administrativas y penales, la toma de razón de dicha transferencia, deberá ser realizada por la Dirección General de los Registros Públicos. La titular de la misma había expresado a la prensa que esto sería de cumplimiento imposible, porque la resolución que se pretende ejecutar, viola normas de orden público.

 

La Asociación considera que el Estado de Derecho de la República del Paraguay se encuentra ante un desafío sin precedentes, porque a pesar de existir una auditoría de gestión en trámite por parte de la Corte,  un enjuiciamiento de una magistrada por parte del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, una acusación ante el mismo órgano, una recomendación de la fiscalía en donde se solicita sanción para la jueza, dos causas penales abiertas por el dictamiento de la resolución originaria, es la Corte Suprema de Justicia como autoridad máxima del Poder Judicial, quien debe impartir justicia en el presente caso.

 

Si la Corte no hace lo que corresponde en estricto derecho, la Asociación amenaza ir ante instancias internacionales, denunciando lo qué tal vez pueda convertirse, en el mayor escándalo jurídico en la historia reciente de la República del Paraguay desde el año 1992.