Conceden libertad ambulatoria a fiscal imputada por presunto cohecho en caso de feminicidio

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Fiscal Gloria Rojas

El juez penal de garantías Humberto Otazú resolvió conceder libertad ambulatoria a la fiscal suspendida Gloria Mabel Rojas Cañete, imputada por el supuesto hecho de cohecho pasivo agravado, en el marco de una de las causas abiertas por el feminicidio de la adolescente María Fernanda Benítez.

De acuerdo con la imputación presentada por la agente fiscal Marlene González, Rojas Cañete habría solicitado una suma de dinero a una tercera persona con el objetivo de lograr una salida procesal favorable para un acusado. La conducta fue calificada provisoriamente dentro de los artículos 301 (cohecho pasivo agravado) y 29 inciso del Código Penal, en grado de participación.

Al analizar los presupuestos establecidos en los artículos 242 y siguientes del Código Procesal Penal, el magistrado consideró que si bien existen elementos de sospecha suficientes sobre la existencia del hecho investigado y la eventual participación de la imputada, no se configuran de manera concreta los riesgos de fuga ni de obstrucción que justifiquen la aplicación de la prisión preventiva.

En ese sentido, el juzgado valoró que la procesada compareció de forma voluntaria ante la autoridad judicial, no registra antecedentes penales y acreditó arraigo suficiente mediante constancia de vida y residencia. Asimismo, la defensa se allanó a la imposición de medidas alternativas y ofreció una fianza real consistente en un inmueble, a fin de garantizar su sometimiento al proceso.

En consecuencia, el juez Otazú dispuso la aplicación de medidas cautelares menos gravosas, entre ellas la prohibición de salir del país, la obligación de presentarse mensualmente ante el juzgado, la prohibición de acercarse o comunicarse por cualquier medio con el denunciante y la prohibición de acceder a las instalaciones de la Fiscalía de Coronel Oviedo, donde la imputada se desempeñaba.

Además, fue aceptada la caución real ofrecida por un monto de Gs. 200 millones, correspondiente a un inmueble propiedad de la madre de la procesada, ordenándose el embargo hasta cubrir dicha suma. El juzgado intimó a la propietaria a comparecer en un plazo de 20 días hábiles para prestar su consentimiento y presentar el informe de condiciones de dominio, bajo apercibimiento de revocar las medidas en caso de incumplimiento.

La causa continúa en etapa investigativa, mientras la imputada deberá cumplir estrictamente las condiciones impuestas para mantener su libertad ambulatoria durante el desarrollo del proceso penal.