Conceden libertad ambulatoria a funcionario del INCAN imputado por presunto tráfico de influencias

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Pánfilo Saldivar, funcionario del INCAN imputado

El juez penal de garantías Rodrigo Estigarribia otorgó libertad ambulatoria al funcionario del Instituto Nacional del Cáncer (INCAN), Pánfilo Saldívar, imputado por presunto tráfico de influencias en el marco de una investigación que lo señala por haber solicitado Gs. 3.000.000 a un paciente oncológico para supuestamente agilizar una cirugía.

La decisión fue adoptada mediante el A.I. Nº 101 del 08 de mayo, tras una audiencia de revisión de medidas cautelares. El magistrado concluyó que, si bien subsisten elementos de sospecha suficientes sobre la existencia del hecho punible y la probable participación del imputado, los riesgos procesales que inicialmente justificaron la prisión preventiva pueden ser razonablemente neutralizados mediante medidas menos gravosas.

La resolución se sustenta en los principios constitucionales de excepcionalidad, necesidad y proporcionalidad que rigen la aplicación de las medidas cautelares personales.

Durante la audiencia, la defensa técnica ejercida por la abogada Carmen Saldivar Velázquez sostuvo que la prisión preventiva resoltava excesiva y desproporcionada, debido a que el hecho invetsigado tiene una expectativa de pena de hasta tres años. Argumentó que su defendido cuenta con arraigo familiar, laboral y patrimonial, a más de un domicilio fijo en Itauguá.

En concepto de garantía, la defensa ofreció un inmueble ubicado en Itauguá, tasado en más de Gs. 200.000.000. También presentó documentos y materiales audiovisuales con los que pretende demostrar que el día en que supuestamente se produjo la entrega del dinero, Saldívar se encontraba en su domicilio junto a sus hijas.

Por su parte, el agente fiscal Luis Piñánez manifestó que el Ministerio Público no se oponía al levantamiento de la prisión preventiva, siempre que quedara debidamente acreditado el arraigo del imputado. El representante fiscal sugirió, además, que en caso de concederse la revisión, se impusieran medidas alternativas estrictas, especialmente la prohibición de contacto con la víctima y con funcionarios del INCAN.

Al analizar los nuevos elementos incoporados, el magistrado consideró que la caución real ofrecida, sumada al arraigo familiar y laboral debidamente acreditados, permite reducir de manera suficiente el peligro de fuga. Asimismo, estimó que el eventual riesgo de obstrucción puede ser controlado emdiante restricciones especiíficas que impidan cualquier tipo de interferencia con la investigación.

Entre las medidas impuestas, Saldívar deberá comparecer mensualmente ante el juzgado entre los días 01 y 05 de cada mes, comunicar cualquier cambio de domicilio o número telefónico, notificarse de todas las citaciones judiciales y no salir del país sin autorización judicial previa. Además, se le prohibió expresamente mantener contacto con la víctima, con funcionarios del INCAN y con otras personas vinculadas a la causa.

La resolución también le prohíbe acercarse a las instalaciones del Instituto Nacional del Cáncer, ubicadas en la ciudad de Capiatá. El incumplimiento de cualquiera de estas disposiciones podrá motivar la revocación de las medidas y el restablecimiento de la prisión preventiva.

Como parte de la caución real, el magistrado ordenó trabar embargo preventivo sobre el inmueble ofrecido por el imputado hasta cubrir la suma de Gs. 200.000.000. Asimismo, intimó a Saldívar a presentar, en un plazo de 20 días hábiles, el informe de condiciones de dominio expedido por la Dirección General de los Registros Públicos.

Finalmente, el juez fijó para el 21 de mayo una audiencia donde el imputado deberá formalizar la caución real y aceptar oficialmente las medidas impuestas. Mientras tanto, continuará sometido al proceso penal en libertad ambulatoria, mientras prosigue la investigación por el presunto pedido de dinero a un paciente con cáncer para acelerar su tratamiento quirúrgico.