Un Tribunal de Apelación Penal concedió 3 meses más al fiscal Aldo Cantero para presentar requerimiento conclusivo contra el empresario Luis Augusto Montanaro Bedoya, imputado por supuestamente estafar a un ciudadano austriaco y causarle un perjuicio patrimonial de unos 200.000 euros mediante la supuesta venta de acciones empresariales. El 02 de enero de 2026 deberá presentar acusación u otro requerimiento.
Cantero había solicitado la extensión temporal aduciendo que la prueba constituye el medio más seguro y confiable para llegar a la verdad real y que en el proceso existen diligencias pendientes, entre ellas una pericia contable y de gestión, indispensables para determinar el daño patrimonial y la participación del imputado. También sostuvo que la investigación tiene carácter complejo debido a la naturaleza financiera del hecho investigado.
La investigación acusa a Montanaro de inducir a la víctima a invertir su dinero en una empresa que, al momento del depósito, ya carecía de la capacidad económico-financiera para sostenerse. Se le imputa que mediante declaración falsa y engaño generó error en la víctima, ocasionándole un perjuicio que aún no puede cuantificarse plenamente sin los informes técnicos correspondientes.
El requerimiento de prórroga fue presentado con antelación al vencimiento legal para acusar, en cumplimiento del art. 326 del Código Procesal Penal (CPP), que permite extender el plazo preparatorio en casos de excepcional complejidad. Cantero pidió que el nuevo plazo concluya tres meses después de la fecha fijada por el Juzgado de Garantías.
El Tribunal, en providencia del 09 de abril del 2025, había fijado inicialmente la fecha del 02 de octubre del 2025 para que la Fiscalía presente su requerimiento conclusivo. La nueva resolución de prórroga, aceptada, extiende ese plazo hasta el 02 de enero del 2026. Este nuevo plazo permitirá incorporar pruebas decisivas para fundamentar la acusación.
Entre las diligencias pendientes mencionadas se encuentra la realización de una pericia contable para establecer el flujo económico de la empresa en cuestión, verificar la gestión administrativa y determinar el monto exacto del perjuicio. También se busca aportar medios probatorios que demuestren la declaración falsa y el error inducido.







