A pedido de la Fiscalía, el juez Humberto Otazú otorgó sobreseimiento provisional a 3 personas que fueron imputadas por presuntamente hurtar cables y causar un perjuicio de más de Gs. 7.100 millones a la ANDE.
Los favorecidos con el sobreseimiento provisional en la causa por supuesta estafa, reducción, apropiación y asociación criminal, son Egidio Javier Bordón Díaz, Francisco Ariel Ocampo y Juan Gabriel González Benítez.
La decisión se tomó luego de que el Ministerio Público, representado por el fiscal Silvio Corbeta, solicitara el sobreseimiento provisional al no contar aún con pruebas suficientes para acusar formalmente a los procesados. El juez consideró que, si bien hay indicios de irregularidades, persisten contradicciones en las evidencias recabadas, lo que hace necesario profundizar las diligencias investigativas antes de avanzar con el proceso judicial.
Durante la audiencia preliminar llevada a cabo el pasado el 09 de junio, el juzgado rechazó la solicitud de sobreseimiento definitivo presentada por la defensa de González Benítez, señalando que no se ha probado que el hecho no existió ni que el imputado no participó en él. La magistratura subrayó que hubo un hecho delictivo (la sustracción de materiales) y que aún no se puede desvincular completamente a los encausados.
El sobreseimiento provisional implica el levantamiento de las medidas cautelares impuestas a los tres investigados, aunque la causa no queda cerrada. El Ministerio Público deberá recabar una serie de informes clave de la empresa contratista CIME S.R.L y de distintas dependencias de la ANDE, así como ampliar testimoniales de testigos y responsables administrativos para determinar con precisión si existió una desautorización formal del funcionario implicado en el retiro irregular de los materiales.
En caso de no presentarse nuevas evidencias dentro del plazo legal de un año, la acción penal podría extinguirse automáticamente, según establece el Código Procesal Penal.