La agente fiscal Zunilda Ocampos Marín, titular de la Unidad Especializada en Hechos Punibles contra el Medio Ambiente Nº 2 de Alto Paraná, obtuvo la condena de tres personas procesadas por delitos ambientales cometidos en la Reserva Natural Yguazú.
Los condenados son Francisco Mendoza, Fermín Cano y Hermenegildo Arias, quienes fueron hallados culpables por los hechos punibles de perjuicio a reservas naturales, tala de árboles y quema de vegetación. El Tribunal de Sentencia les impuso una pena de dos años de prisión, con suspensión de la ejecución de la condena.
El juicio oral fue desarrollado ante el Tribunal de Sentencia presidido por la juez Vitalia Duarte e integrado por los magistrados Fabio Aguilar Benítez y Serafín Benítez Roa. Durante el debate, el Ministerio Público presentó pruebas documentales, testimoniales y periciales con el objetivo de acreditar la existencia de los hechos investigados, así como la responsabilidad penal de los acusados.
De acuerdo con los antecedentes del caso, los procesados habrían ingresado sin autorización a la Finca Nº 2270 del distrito de Yguazú, propiedad de la Administración Nacional de Electricidad (ANDE), la cual fue declarada reserva natural mediante el Decreto Nº 867/2023.
La intervención fiscal se produjo tras la verificación de daños ambientales constatados el 27 de agosto del año 2024 y posteriormente formalizados mediante la denuncia presentada el 05 de septiembre ante el Ministerio Público.
En el lugar, los intervinientes hallaron un asentamiento precario, con campamento instalado y acopio de materiales extraídos del entorno natural. También se observaron maderas procesadas, cortes destinados a postes y bidones de aceite utilizados para motosierras.
Las pericias técnicas y testimonios recabados confirmaron la existencia de quema de pastizales y tala de especies nativas en la zona de amortiguamiento vinculada a la cuenca hidrográfica del área. Asimismo, los intervinientes ubicaron a los acusados en distintos sectores del inmueble, en posesión de herramientas utilizadas para la tala, además de evidencias relacionadas con el procesamiento de madera.
Informes del Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (INDERT) y de la Dirección General de los Registros Públicos establecieron que los procesados no contaban con derechos sobre el inmueble, cuya titularidad corresponde a la ANDE y forma parte de un área protegida.
Con estos elementos, la Fiscalía Especializada en Delitos Ambientales promovió la acusación que derivó en la apertura del juicio oral. En su resolución, el Tribunal valoró el conjunto probatorio producido durante el proceso y concluyó que las conductas atribuidas a los acusados configuraron vulneraciones a la normativa ambiental vigente.
La sentencia destacó además que los hechos ocasionaron afectaciones en un área de valor estratégico, vinculada al entorno de la represa de Yguazú, considerada de relevancia para la protección del ecosistema regional.







