La agente fiscal Vivian Coronel confirmó a PDS Radio la condena a 23 años de prisión impuesta a un hombre hallado culpable de abusar sexualmente de sus dos sobrinas, en un caso que culminó recientemente tras un juicio oral y público. La representante del Ministerio Público destacó que, pese a la retractación de las víctimas durante el proceso, el tribunal consideró probado tanto el hecho como la autoría, con base en un conjunto amplio de evidencias.
Según explicó la fiscal, la causa se inició a partir de la denuncia realizada por el padre de las menores, luego de que una de ellas revelara que ambas eran víctimas de abusos sistemáticos por parte de su tío. De acuerdo con la investigación, los hechos habrían ocurrido cuando las adolescentes acudían de forma alternada al domicilio del imputado para cuidar a sus primos, en ausencia de la madre de estos.
Durante el juicio, la Fiscalía sostuvo que los abusos se produjeron en reiteradas ocasiones y bajo circunstancias agravantes. Al momento de los hechos, las víctimas tenían 12 y 14 años, lo que derivó en la configuración de distintos tipos penales, incluyendo abuso sexual y coacción sexual.
Uno de los aspectos más complejos del caso fue la retractación de ambas víctimas en etapas posteriores del proceso. La fiscal Coronel indicó que esta situación fue analizada en profundidad mediante peritajes psicológicos, los cuales concluyeron que las menores no actuaron bajo coacción directa de terceros, sino que su cambio de versión respondió al impacto emocional generado por la ruptura del entorno familiar tras la denuncia.
“El abordaje psicológico permitió entender que las víctimas se sentían responsables del quiebre familiar, lo que influyó en su retractación”, explicó la fiscal, al tiempo de subrayar la importancia del acompañamiento especializado en este tipo de casos.
En ese contexto, el Ministerio Público argumentó que la retractación no invalidaba los demás elementos probatorios reunidos durante la investigación. Entre ellos, mencionó informes periciales, testimonios y otros indicios que, valorados de manera conjunta, permitieron sostener la acusación ante el tribunal.
El fallo impuso una pena de 23 años de cárcel, inferior a los 25 años solicitados por la Fiscalía. No obstante, Coronel manifestó su conformidad con la sentencia, señalando que el tribunal realizó una valoración integral y armónica de las pruebas.
En este sentido, el fallo se inscribe en una línea jurisprudencial que admite la posibilidad de dictar condena cuando existen otros elementos de prueba suficientes, más allá del testimonio directo de la víctima, siempre que estos sean consistentes y evaluados bajo estándares de rigor.







