Condenan a 7 años de cárcel al administrador financiero de estructura liderada por “Samura” 

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El Tribunal de Sentencia, presidido por la jueza Inés Galarza e integrado por Pablino Barreto y Juan Alberto Dávalos, condenó a 7 años de prisión a Julio Osvaldo Hermosilla Núñez, alias “Capataz”, por su participación como administrador financiero de una estructura dedicada al narcotráfico liderada por Teófilo Samudio, más conocido como “Samura”.

El mismo fue condenado por comercialización de sustancias estupefacientes en el marco del caso «Scarecrow». En su rol de administrador, manejaba cuatro líneas telefónicas distintas, mediante las cuales coordinaba los ingresos de la estructura, en dólares y reales.

De acuerdo a lo que quedó probado en juicio, Hermosilla Núñez recibía instrucciones directas para el movimiento de capitales de Jorge Teófilo Samudio González, alias «Samura», identificado en las escuchas telefónicas como “Brasilero Asunción”, y de su propio cuñado, Carlos Antonio Viveros López, alias «Charly». 

Los ingresos administrados por alias Capataz eran destinados para financiar la compra de cargamentos de cocaína en Bolivia y costear la logística de una empresa de aplicaciones aéreas utilizada como fachada.

Esta causa penal se encuentra ligada a un procedimiento realizado el 6 de mayo de 2011 en un establecimiento rural de Concepción, donde las autoridades incautaron 360 kilogramos de cocaína que acababan de ser descargados de una aeronave boliviana. Los demás miembros de dicha red, incluyendo al operador logístico Carlos Antonio Viveros, al piloto Rubén Medina y otros ya fueron condenados en el año 2015.

Los jueces consideraron que la conducta de Hermosilla Núñez se subsume en el artículo 44 de la Ley N.º 1340/88, bajo el verbo rector de «intervenir de alguna manera» en el producto de la comercialización ilícita. 

El acusado se mantuvo prófugo por más de trece años tras desmantelarse la organización en 2011, sin embargo, el Tribunal valoró a su favor la falta de antecedentes penales, no haber presentado recursos dilatorios y el hecho de haberse entregado voluntariamente a la justicia para afrontar el juicio oral.