Un Tribunal de Sentencia condenó a un contador que ocasionó un perjuicio patrimonial de 6.000 millones de guaraníes a una empresa al presentar facturas apócrifas a la entonces Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) para quedarse con el dinero del contribuyente.
El Tribunal de Sentencia de Ciudad del Este integrado por los magistrados Zunilda Martínez Noguera, Marino Méndez y Herminio Montiel condenó a tres años de pena privativa de libertad al contador Adrián Benítez Espínola por la comisión de los hechos punibles de producción de documentos no auténticos y producción mediata de documentos públicos de contenido falso.
En razón del juicio oral, el Fiscal Alcides Giménez Zorrilla logró demostrar fehacientemente que el hoy condenado durante muchos años llevó la contabilidad de la firma Ali Import-Export. El contador recibía importantes sumas de dinero para el pago de tributos a la SET, pero desviaba el dinero a su cuenta personal y luego introducía en la contabilidad de la empresa facturas de contenido falso e inconsistentes, provocando de esa manera el millonario perjuicio.
En ese sentido, durante los ejercicios fiscales correspondientes a los años 2015 y 2016, Benítez Espínola introdujo en la contabilidad de Ali Import-Export facturas supuestamente emitidas por los siguientes contribuyentes: Fabián Saúl Benítez Gómez, Liza Raquel Quiñónez de Piñánez, Arnaldo Pereira Sosa, José Sidinei Kemmerich Ferreira, Gladys Inocencia Usher, Fátima Isabel Talavera Chamorro, Dionicio González Gutiérrez, Gilda Catalina Acuña de Domínguez, Herógenes Vera y Tomás López Guerrero. No obstante, todos ellos confirmaron posteriormente ante la SET que nunca mantuvieron relaciones comerciales con López.
Durante el debate, la representación pública presentó diversas pruebas documentales, testimoniales y periciales que determinaron la existencia de los hechos punibles y la responsabilidad penal del acusado. Los hechos punibles cometidos por Benítez Espínola se descubrieron luego de una fiscalización realizada por la SET a la empresa Ali Import-Export y que constató la defraudación fiscal. Tras recibir la notificación sobre las irregularidades cometidas, la víctima descubrió la existencia de un correo electrónico paralelo utilizado exclusivamente por el contador y a través del cual realizaba las presentaciones de la empresa y recibía todas las notificaciones provenientes del Ministerio de Hacienda.







