El juez Rodrigo Estigarribia condenó en un procedimiento abreviado a dos años de prisión con suspensión a Esteban Ibarra, exagente penitenciario que habría facilitado carga o recargas de saldo para líneas de teléfonos celulares, giros y también cobranza de sumas de dinero para introducir objetos a la penitenciaria, haciendo la entrega a personas privadas de libertad.
El mismo entregaba aparatos celulares y otros objetos en contravención abierta a los servicios que le correspondían como guardia cárcel.
El agente fiscal Christian Ortiz solicitó la apertura a juicio oral y público contra él y otro individuo. Se señaló una audiencia preliminar para el 27 de marzo de 2025, con la presencia del agente fiscal José Martín Morinigo y representantes legales. Ibarra Gómez fue acusado por cohecho pasivo agravado debido a actos realizados durante su tiempo como agente penitenciario, involucrando la entrega de objetos a presos a cambio de beneficios.
La defensa solicitó un procedimiento abreviado, el cual fue aceptado tras evaluar requisitos y expectativas de pena. Finalmente, se determinó la condena de dos años con suspensión condicional para Ibarra Gómez, junto con reglas de conducta y reparación del daño social.
El Ministerio Público respaldó la solicitud de procedimiento abreviado, considerando la admisión de los hechos por parte del acusado y la expectativa de pena inferior a cinco años. La propuesta de medidas cautelares, como la donación mensual a una entidad de beneficencia y la presentación trimestral ante el Juzgado de Ejecución, busca garantizar la reparación del daño social causado y la supervisión del cumplimiento de las reglas de conducta impuestas al acusado.
La decisión del juzgado de acoger el procedimiento abreviado y la condena a dos años con suspensión condicional de la pena plantean interrogantes sobre la efectividad de esta medida ante la gravedad de las acusaciones, así como sobre la responsabilidad y reparación adecuada en casos de corrupción y delitos relacionados con la función pública.