El Tribunal de Sentencia presidido por la Juez Laura Ocampos e integrado por las magistradas Cándida Fleitas y Mesalina Fernández, condenó a dos años con suspensión a prueba al dueño de un bar por los hechos de contaminación del aire y emisión de ruidos dañinos.
La Fiscal Lorena Ledesma representó al Ministerio Público en la audiencia oral en contra del ciudadano César Campiz Leguizamón, que fue acusado por la comisión de los hechos punibles de contaminación del aire y emisión de ruidos dañinos.
El hombre era encargado del Bar Moe, ubicado en el Barrio San Pablo de la Capital. Según los antecedentes del caso, el citado local era denunciado constantemente desde que fue abierto ya en el año 2019, por los vecinos de la zona debido a los constantes ruidos molestos que producía el bar.
Cabe mencionar que, según las denuncias realizadas, los ruidos molestos ocurrían todas las noches, interrumpiendo el sueño de los vecinos del lugar. Además, el local se encontraba habilitado por la Municipalidad de Asunción como una bodega, sin embargo, también funcionaba como local gastronómico, se realizaban presentaciones de música en vivo, también discoteca y hasta karaoke, lo que aglomeraba a gran cantidad de personas en el lugar.
Según la medición de ruidos realizado, los resultados arrojaron 62.2 decibeles en un primer momento; en la segunda ocasión, la medición arrojó 72.7 decibeles y así sucesivamente cada vez que se realizaron las denuncias, arrojando los resultados hasta 78.6 decibeles, según las actas policiales remitidas y agregadas en el expediente.