Un Tribunal de Sentencia condenó a un hombre a dos años con suspensión de la ejecución de la condena por incumplimiento del deber legal alimentario, por el plazo de cinco años en los que deberá pagar la suma de Gs. 400.000 de forma mensual hasta totalizar la suma adeudada de 50 meses.
El condenado es J.L.A.B por el hecho de incumplimiento del deber legal alimentario en favor de su hija menor. Además de ello, el mismo deberá ser inscripto en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM).
Con relación al caso, cabe informar que el ahora condenado no cumplió con la obligación que el Juzgado de la Niñez y Adolescencia dispuso a través la S.D. n° 157 de fecha 14 de agosto de 2020, se fijó el depósito de la suma de G 506.040, en concepto de Asistencia Alimentaria a favor de la hija, en la cuenta Judicial habilitada en el Banco Nacional de Fomento; lo que ocasionó que su hija viva en forma precaria y con muchas limitaciones en el ámbito económico, educativo y de salud.