El juez penal de garantías Humberto Otazú condenó mediante procedimiento abreviado a los exujieres Edgar Fabián Ayala Melo y Alfredo Samudio Benítez a dos años de prisión con suspensión de la ejecución de la pena por un plazo de tres años, en el marco de la causa conocida como la “mafia de los pagarés”.
Ambos exfuncionarios se desempeñaban como ujieres del Juzgado de Paz de «La Catedral», segundo turno, despacho que estuvo a cargo de la exjuez Nathalia Garcete. Según la acusación del Ministerio Público, los condenados elaboraron informes en expedientes judiciales afirmando que se constituyeron en los domicilios de personas demandadas para notificarlas formalmente sobre procesos ejecutivos en su contra. Sin embargo, la Fiscalía sostuvo que dichas notificaciones nunca fueron realizadas.
La investigación señala que dichas actuaciones permitieron la prosecución de juicios ejecitivos sin que los demandados tuvieran conocimiento efectivo de las demandas promovidas en su contra, situación que forma parte del esquema investigado en el marco de la causa conocida como «mafia de los pagarés».
Como parte de la salida procesal acordada, los condenados deberán cumplir además medidas de reparación del daño. De acuerdo con lo explicado por la defensa, Alfredo Samudio Benítez deberá donar la suma de Gs. 150 millones, mientras que Edgar Fabián Ayala Melo tendrá que abonar Gs. 200 millones, ambos dentro del plazo de tres años establecido en la suspensión de la condena.
Durante declaraciones brindadas tras la audiencia, el abogado Eduardo Franco explicó que inicialmente habían solicitado la suspensión condicional del procedimiento, también por dos años, planteamiento al que el Ministerio Público se había allanado. No obstante, el juzgado se opuso en aquella oportunidad, lo que derivó posteriormente en una acusación ratificada por la Fiscalía Adjunta.
Los abogados indicaron que posteriormente se abrió la posibilidad de acceder a un procedimiento abreviado, alternativa que finalmente fue aceptada por los procesados para poner fin al conflicto penal. La defensa también confirmó que el procedimiento abreviado implicó el reconocimiento de los hechos atribuidos por parte de los acusados, requisito indispensable para acceder a este tipo de salida procesal.
“Él ya había reconocido el hecho en la audiencia preliminar anterior”, señaló el abogado Eduardo Franco al explicar el acuerdo alcanzado con el Ministerio Público. Asimismo, el letrado manifestó que la intención fue brindar tranquilidad a su cliente ante la carga emocional y jurídica que implicaba la continuidad del proceso penal.
En relación con otras investigaciones vinculadas al mismo esquema, la defensa afirmó que, al menos en el caso de su representado, no fue propuesto como testigo dentro de otras causas derivadas de la presunta estructura irregular operada desde juzgados de paz.
La causa de la denominada “mafia de los pagarés” involucra múltiples investigaciones relacionadas con supuestas irregularidades en juicios ejecutivos tramitados en distintos juzgados de paz, donde se investigan notificaciones presuntamente falsas, firmas cuestionadas y procesos promovidos sin conocimiento efectivo de los demandados.







