El Tribunal de Apelación Especializado en Delitos Económicos rechazó la recusación del fiscal Albertini contra el Tribunal de Sentencia que juzga al exintendente de Jesús de Tavarangüe, Víctor Garay Olmedo y exhortó al agente interviniente a litigar con buena fe, al concluir que sus agravios fueron infundados.
El agente había recusado al Colegiado, integrado por Elsa García, Matías Garcete y Adriana Planás, alegando que no se expidieron respecto a un planteamiento de ampliación de acusación con base en la declaración de una testigo. “La presente recusación cuestiona que la decisión no existió por parte del Tribunal de Sentencia. Cuando una incidencia legalmente prevista es promovida, explicada y debatida, pero queda sin resolución, se genera una duda objetivamente razonable respecto del pleno ejercicio de la función jurisdiccional”, argumentó.
Para la Cámara, integrada por los magistrados Silvana Luraghi, Claudia Criscioni y Gustavo Amarilla, los motivos alegados por el agente no son causal de recusación, “puesto que los argumentos utilizados para la interposición de la presente recusación se limitan a mencionar cuestiones que, si bien guardan relación con el proceso, estas no pueden ser consideradas como motivo para separar al Tribunal de Sentencia de la presente causa”.
Aseguró que los fundamentos hacen realmente a cuestiones procesales que fueron sustanciados y resueltos conforme los mecanismos establecidos en el Código Procesal Penal, “es decir, el argumento expuesto por el mismo no resulta suficiente para determinar la existencia de una causal establecida en el art. 50 del CPP”.
Por otro lado, calificó de “grave” que la recusación provocó la suspensión del juicio oral y público “por argumentaciones infundadas realizadas por el Agente Fiscal que exponen un desacuerdo con el Tribunal de Sentencia, es decir, una disconformidad con cuestiones de índole procesal”.







