Un Tribunal de Apelación confirmó la prisión preventiva del abogado Daniel Montenegro, esposo de la Fiscal Katia Uemura, quien está imputado por presuntamente integrar el esquema de lavado de dinero dirigido por Jarvis Chimenez, en marco del operativo Pavo Real.
La decisión del Tribunal surge en respuesta a la solicitud del recurrente, Montenegro, quien buscaba revocar la medida cautelar de prisión preventiva impuesta por el Juez de Garantías, Osmar Legal, en favor de una medida de arresto domiciliario. Montenegro fundamentó sus agravios argumentando que la resolución del Juez de Garantías era infundada, arbitraria y violatoria de la presunción de inocencia.
Sin embargo, el Tribunal de Apelación determinó que la resolución del Juez de Garantías se ajustaba a los requisitos establecidos por el CPP. El recurrente alegó haber ofrecido caución real suficiente para evitar el riesgo de fuga, pero el Juez de Garantías fundamentó el peligro de fuga en el artículo 243 del CPP inciso 2, distinto al invocado por Montenegro que es el inciso 1. El Tribunal sostuvo que la resolución no podía ser tildada de arbitraria por tener en cuenta un parámetro diferente al solicitado por el recurrente.
En relación al peligro de obstrucción, el Tribunal señaló que, según el artículo 242 CPP, la prisión preventiva puede ser fundamentada en el peligro de fuga o el peligro de obstrucción, sin requerir ambos simultáneamente. En cuanto al hecho nuevo invocado por Montenegro, relacionado con un contrato de cesión de acciones, el Tribunal indicó que este requerimiento no implicaba una revisión de la medida cautelar, sino una revocatoria de la prisión preventiva según lo establecido en el artículo 253 inciso 1 del CPP. Sin embargo, Montenegro no presentó elementos nuevos que demostraran su no participación en los hechos punibles atribuidos ni explica como ese contrato estaría relacionado a los presupuestos de tipo objetivo descriptos en los artículos 42 y 44 de la Ley 1340/88 y en el artículo 196 del CP, manteniendo así la sospecha sobre su participación en los hechos punibles calificados como graves.