Confirman prisión preventiva de funcionario del INCAN imputado por presunto tráfico de influencias

162
Pánfilo Saldivar, funcionario del INCAN imputado

El Tribunal de Apelación Especializado en Delitos Económicos y Crimen Organizado Primera Sala confirmó la prisión preventiva de Pánfilo Saldivar, funcionario del Instituto Nacional del Cáncer (INCAN), procesado por supuesto tráfico de influencias en el marco de una investigación relacionada con el presunto pedido de dinero a un paciente oncológico para agilizar una cirugía.

La resolución ratificó el A.I. N° 91 del 30 de abril del 2026 firmado por el juez penal de garantías especializado en Delitos Económicos del Segundo Turno, Rodrigo Estigarribia. El fallo confirmado había ordenado la prisión preventiva del imputado y su reclusión en la Penitenciaría Nacional de Tacumbú o en otro recinto determinado por la autoridad penitenciaria.

En la resolución se detalló que Saldivar, de 63 años, funcionario público del INCAN y domiciliado en la ciudad de Itauguá, debía permanecer privado de libertad bajo custodia y a disposición del juzgado mientras avanza la investigación penal impulsada por el Ministerio Público. La apelación fue promovida por la abogada Carmen Saldivar Velázquez, defensora del procesado, quien cuestionó la fundamentación de la medida cautelar.

Entre sus agravios sostuvo que el juzgado no valoró correctamente los documentos presentados para acreditar el arraigo del imputado y garantizar su sometimiento al proceso. La defensa argumentó además que el magistrado realizó una interpretación anticipada de los hechos investigados, pese a que la causa aún se encuentra en una etapa inicial y alegó que no se justificó adecuadamente la existencia de peligro de fuga ni de obstrucción.

Asimismo, la defensa sostuvo que el imputado estaba dispuesto a someterse al proceso y que incluso era el principal interesado en esclarecer los hechos y “limpiar su nombre”. También cuestionó que la resolución recurrida se basara únicamente en afirmaciones genéricas sobre riesgos procesales, sin demostrar concretamente de qué manera el funcionario podría sustraerse de la justicia o interferir en la investigación. Igualmente, insistió en la aplicación de medidas menos gravosas y mencionó la edad y el estado de salud del procesado.

Sin embargo, el Tribunal de Apelación concluyó que el juez Rodrigo Estigarribia fundamentó adecuadamente la imposición de la prisión preventiva tras realizar una valoración conjunta de los elementos exigidos por la ley. Los camaristas señalaron que existen indicios suficientes sobre la existencia del hecho punible y sobre la posible participación del imputado, además de circunstancias que sostienen la existencia de peligro de fuga y de obstrucción de la investigación.

En relación con el arraigo invocado por la defensa, el colegiado sostuvo que si bien se presentaron documentos relacionados con una eventual caución real, dichos elementos no resultaban suficientes para determinar el valor del bien ofrecido ni las condiciones jurídicas necesarias para constituir una garantía efectiva. En ese sentido, la Cámara coincidió con el juzgado en que la sola presentación de documentos no lograba desvirtuar el peligro de fuga atribuido al procesado.

El Tribunal también resaltó que la investigación se encuentra en una etapa incipiente y que la condición de funcionario público del imputado constituye una circunstancia relevante al momento de analizar el riesgo de obstrucción. Según la resolución, dicha situación permite presumir que Saldivar podría influir en el desarrollo de las diligencias investigativas o interferir de alguna manera en el avance del proceso penal.

Respecto al argumento relacionado con la edad y el estado de salud del imputado, los camaristas indicaron que no existe constancia médica dentro del expediente que demuestre una enfermedad incompatible con la prisión preventiva. Además, recordaron que la legislación prevé la posibilidad de arresto domiciliario por razones etarias recién a partir de los 70 años, límite que no alcanza el procesado, quien actualmente tiene 63 años.

Finalmente, el Tribunal declaró admisible el recurso de apelación general presentado por la defensa, pero resolvió confirmar íntegramente la resolución recurrida y mantener la prisión preventiva de Pánfilo Saldivar. El expediente será remitido nuevamente al juzgado de origen para la prosecución de la causa.