Confirman rechazo de remisión de expediente de RGD y su hijo a Coronel Oviedo

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Ramón González Daher y Fernando González Karjallo

El Tribunal de Apelación confirmó las resoluciones de la Juez de Ejecución Sandra Kirchhofer, quien rechazó remitir al Juzgado de Ejecución de Coronel Oviedo el expediente del usurero Ramón González Daher y de su hijo Fernando González Karjallo. Padre e hijo están recluidos cumpliendo las penas de 15 y 5 años de prisión, respectivamente.

Recordemos que la abogada Raquel Talavera presentó el recurso de apelación alegando que la solicitud fue presentada en fecha 28 de diciembre del año 2023 en base al art. 19 del Código de Ejecución Penal que especifica claramente que, cuando un condenado es trasladado, también se debe trasladar su expediente. La posición de la Fiscalía es que existe una ley especial del año 2019 que da jurisdicción territorial a los jueces de ejecución especializados en crimen organizado.

La misma firma que la causa nunca tuvo que haber ingresado al fuero especializado porque inició en el año 2019 y, si bien la ley también es del mismo año, la acordada de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que la reguló es del año 2020 y la imputación del Ministerio Público fue presentada en noviembre del año 2019, sin embargo, esto no fue cuestionado. Al correrle traslado a la Fiscalía, ésta solicitó la confirmación de la decisión de la magistrada Sandra Kirchhofer.

“este tribunal de apelaciones considera que lo resuelto por el Juzgado Penal de Ejecución fue dictado conforme a derecho y no viola ninguna garantía al interno Ramón González Daher y Fernando González Karjallo, dado que la Ley 6379/2019 que otorga competencia territorial a los Juzgados especializados en Delitos Económicos y Crimen Organizado prevalece en cuanto a lo dispuesto en el Art. 19 ultima parte de la Ley 5162/14 de acuerdo al principio de especialidad que refiere que las actuaciones deben ajustarse estrictamente a las competencias específicas que le son atribuidas por normas jurídicas que en este caso guardan relación con la competencia territorial, por los que ante estos argumentos, corresponde confirmar la resolución Nro. 07 del 28 de febrero del 2024 dictada por la Juez Penal de Ejecución Especializado en Delitos Económicos y Crimen Organizado” resolvió la alzada.

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