Copia Fiel 2.0: mantienen prisión preventiva de precandidato a concejal en causa vinculada a bienes de Eulalio Gomes

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Roberto Cubilla Sanabria y sus secretarios Roberto Ayala Galeano y César García.

La juez Rosarito Montanía rechazó el pedido de revisión de medidas cautelares planteado por la defensa de Roberto Cubilla Sanabria y resolvió mantener su prisión preventiva en el marco de la investigación que busca esclarecer un supuesto esquema destinado a ocultar y transferir bienes presuntamente vinculados al fallecido diputado Eulalio Gomes y a su hijo, Alexandre Rodrigues Gomes.

La solicitud fue presentada por el abogado Damián Arévalo durante una audiencia de revisión de medidas cautelares realizada el 04 de junio. La defensa pidió sustituir la prisión preventiva por arresto domiciliario y ofreció como caución real un inmueble de 510 hectáreas ubicado en Villa Hayes, propiedad de Blanca Aurora Bogarín Gómez, valuado en aproximadamente USD 1,48 millones.

Según la defensa, Cubilla reúne suficientes condiciones de arraigo para afrontar el proceso en libertad. Entre los argumentos expuestos se mencionó que posee domicilio conocido en Luque, familia constituida, hijos menores, bienes propios y actividad profesional como abogado. Asimismo, se destacó que actualmente participa en la actividad política como precandidato a concejal de la ciudad de Luque.

Durante la audiencia, la defensa sostuvo además que la imputación atribuye a Cubilla un rol de intermediario en transferencias de vehículos vinculados a Alexandre Rodrigues Gomes, pero cuestionó la solidez de los elementos reunidos hasta el momento por el Ministerio Público. También argumentó que el procesado tuvo conocimiento de la investigación antes de su detención y nunca intentó sustraerse de la acción de la justicia.

Sin embargo, la magistrada recordó que el objeto de una revisión de medidas cautelares no consiste en debatir el fondo de la imputación, sino en determinar si existen hechos nuevos capaces de modificar los riesgos procesales que justificaron originalmente la prisión preventiva.

En ese sentido, Montanía señaló que gran parte de los argumentos defensivos se centraron en cuestionamientos a la imputación fiscal y a la participación atribuida al procesado, aspectos que deberán ser discutidos en etapas posteriores del proceso y no dentro de una audiencia de revisión de medidas.

La juez destacó que apenas habían transcurrido ocho días desde la imposición de la prisión preventiva mediante el A.I. Nº 103 del 27 de mayo del 2026 y que dicha resolución no fue recurrida por la defensa, encontrándose firme y ejecutoriada. Al analizar la documentación presentada para acreditar el arraigo y la caución real ofrecida, la magistrada concluyó que el peligro de fuga se había reducido de manera considerable. No obstante, sostuvo que seguía vigente el peligro de obstrucción a la investigación.

La resolución señala que la causa se encuentra en una etapa inicial y que el Ministerio Público aún debe realizar numerosas diligencias para determinar la existencia o inexistencia de los hechos investigados. El requerimiento conclusivo fue fijado para noviembre del 2026, por lo que la juez consideró necesario preservar la integridad de las actuaciones pendientes.

Montanía sostuvo además que, de acuerdo con la hipótesis fiscal, Cubilla habría desempeñado un papel activo dentro de una estructura que presuntamente buscó frustrar el eventual comiso de bienes vinculados a actividades ilícitas. Según la resolución, los investigadores atribuyen al imputado un supuesto rol de liderazgo y organización dentro de un esquema destinado a facilitar la transferencia irregular de patrimonios relacionados con Alexandre Rodrigues Gomes.

La magistrada consideró que, dadas las características del caso y la complejidad de la investigación, una medida menos gravosa como el arresto domiciliario resultaría insuficiente para neutralizar los riesgos procesales.

Añadió que la posibilidad de mantener comunicaciones y acceder a medios tecnológicos desde el domicilio podría facilitar eventuales acciones destinadas a influir sobre testigos, peritos o coimputados, así como afectar elementos probatorios relevantes para la investigación.

Otro de los aspectos valorados por la juez fue la gravedad de los hechos atribuidos. Cubilla se encuentra imputado provisoriamente por presunto lavado de dinero, asociación criminal, uso de documentos públicos de contenido falso y producción inmediata de documentos públicos de contenido falso, tipos penales cuya expectativa de pena supera ampliamente los cinco años de privación de libertad.

En consecuencia, el juzgado concluyó que no se presentaron hechos nuevos capaces de desvirtuar los fundamentos que motivaron la imposición de la prisión preventiva y resolvió rechazar el pedido de arresto domiciliario.

Con esta decisión, Roberto Cubilla Sanabria continuará recluido en el Centro Nacional de Prevenidos (ex Tacumbú), donde permanecerá a disposición del Juzgado Penal de Garantías Especializado en Crimen Organizado mientras prosigue la investigación sobre el presunto esquema de ocultamiento y transferencia de bienes vinculado al entorno de Eulalio Gomes y Alexandre Rodrigues Gomes.