Corte admite acción de inconstitucionalidad de esposa de González Daher

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Delcia Karjallo y Ramón González Daher

La Sala Constitucional dio trámite a la acción de inconstitucionalidad planteada por Delcia Karjallo contra varias resoluciones que rechazaron sus pretensiones de frenar el comiso del 50% del total de bienes comisados por orden del Tribunal que condenó a su esposo, Ramón González Daher. La Corte solicitó el expediente principal que se encuentra en el juzgado de ejecución.

La defensa, integrada por los abogados Raquel Talavera y Erich Ratzlaff, sostiene que las resoluciones impugnadas son inconstitucionales, ya que dispusieron la “confiscación universal” de bienes, cuentas bancarias, automotores e inmuebles, incluso adquiridos en los años 70. Agrega que, de esta forma, se condena a Karjallo sin juicio previo, pues en su matrimonio rige la comunidad de bienes.

Karjallo sostiene que, bajo el régimen de comunidad de bienes, se le privó del 50% de su patrimonio sin un debido proceso, negándosele legitimación para reclamar y afectando su derecho a la defensa, a la igualdad ante la ley y al acceso efectivo a la justicia. Alega que la confiscación conjunta de sus bienes constituye una sanción encubierta y discriminatoria y que las resoluciones cuestionadas contravienen artículos de la Constitución Nacional, tratados internacionales y convenciones sobre derechos humanos y no discriminación contra la mujer.

La acción de inconstitucionalidad impugna el A.I. N° 2372 del 14 de diciembre del año 2022, del Juzgado Penal de Ejecución N° 4; el A.I. N° 07 del 22 de febrero del año 2023, del Tribunal de Apelación en lo Penal, Cuarta Sala; la S.D. N° 515 del 17 de diciembre del año 2021, del Tribunal Colegiado de Sentencia en Delitos Económicos y Corrupción y el A.I. N° 779 del 22 de mayo del año 2023, también del Juzgado Penal de Ejecución N° 4.

Los ministros Víctor Ríos, César Diesel Junghanns y Juan Carlos Paredes Bordón coincidieron en que la presentación reúne los requisitos legales y constitucionales exigidos, por lo que corresponde su estudio sin prejuzgar sobre la procedencia del reclamo. En consecuencia, se ordenó librar oficios para traer los antecedentes principales y proseguir con el trámite procesal.

La Corte subrayó que la admisión de la acción no implica avalar la posición de la demandante, sino abrir la vía constitucional para que se determine si efectivamente hubo violación de garantías en el proceso de comiso de bienes derivado de la condena contra González Daher.