La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, integrada por Luis María Benítez Riera, Manuel Ramírez Candia y Carolina Llanes, anuló la resolución por la cual sobreseyó definitivamente a la fiscal Karina Escurra y el juez de paz de San Juan Nepomuceno Nery Martínez, esposos, por los presuntos hechos de usura, enriquecimiento ilícito y lavado de dinero en Caazapá.
Los mencionados ministros admitieron la casación que había planteado la fiscala Natalia Fuster, por la resolución del 9 de junio del 2020 del Tribunal de Apelación en lo civil, comercial y laboral de Caazapá, que había sobreseído a la pareja y ratificó la resolución de primera instancia del 27 de febrero del mismo año, del sobreseimiento provisional de los imputados y le daba a la fiscal 3 años para reabrir la causa.
La fiscal Fuster había pedido el sobreseimiento provisional de la pareja, ya que hubo un informe de una perito que decía que no existe inconsistencia de los bienes y los ingresos de los procesados.
En un allanamiento anterior, de la casa del matrimonio se habían incautado alrededor de 26 cheques por valor de G. 740 millones, así como pagarés por G. 2.300 millones, lo que hacía sospechar a la fiscal que los bienes no coincidían con los ingresos que tenían Escurra y Martínez.





