Corte autoriza pagos por aportes jubilatorios a los exministros Bonifacio Ríos y Carlos Fernández Gadea

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En su sesión plenaria de la fecha, el pleno de la Corte Suprema de Justicia aprobó ratificar la resolución que decidió pagar la jubilación a los exministros del Poder Judicial Bonifacio Ríos y Carlos Fernández Gadea, en el marco del fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

 

 

El 28 de setiembre pasado, Sara Parquet, la esposa y abogada de Ríos Ávalos, había anunciado que el exministro de la Corte ya había recibido parte de la indemnización correspondiente tras su desvinculación de la máxima instancia judicial en el año 2003, juicio político mediante, unos 625 mil dólares. Serían unos G.937 millones en concepto de aportes jubilatorios a Bonifacio Ríos.

 

 

El 4  de octubre de 2021, La Corte Interamericana de Derechos Humanos de forma unánime declaró responsable internacionalmente a la República del Paraguay por las violaciones a los derechos a las garantías judiciales (artículo 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos) y a la protección judicial (artículo 25.1 c), en perjuicio de los exministros, Bonifacio Ríos Avalos y Carlos Fernández Gadea, como consecuencia de su destitución de los cargos de ministros de la Corte Suprema de Justicia de Paraguay, en el marco del juicio político tramitado en su contra por el Poder Legislativo en el 2003.

 

 

En su sentencia, la Corte Interamericana determinó que los cargos formulados contra los señores Ríos Avalos y Fernández Gadea en el trámite del juicio político, con base en los cuales la Cámara de Senadores decidió su destitución, se basaron en decisiones dictadas en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales. En tal sentido, se configuró una seria afectación a la independencia judicial, en tanto fueron irrespetadas las garantías de estabilidad y de protección frente a presiones externas que amparan la función de las juezas y los jueces, y que es deber del Estado salvaguardar.

 

 

La Corte Interamericana estableció que en el trámite y la decisión del juicio político al que fueron sometidos los señores Ríos Avalos y Fernández Gadea no fueron observadas las garantías del debido proceso, y que no se cumplió la exigencia de imparcialidad de la autoridad a cargo del procedimiento, en tanto quienes integraban la Cámara de Senadores tenían una posición tomada de antemano.

 

 

La Corte Interamericana consideró que, con su actuar, el Poder Legislativo afectó en forma arbitraria la permanencia de los ministros acusados, con lo cual vulneró la independencia judicial y perjudicó el orden democrático.

 

 

Asimismo, la Corte Interamericana concluyó que los recursos judiciales promovidos por las víctimas para impugnar tanto la resolución de la Cámara de Senadores que estableció el procedimiento para la tramitación del juicio político, como la decisión que dispuso su destitución, resultaron ineficaces.

 

 

En razón de estas violaciones, la Corte ordenó diversas medidas de reparación al Estado, entre ellas, el pago de USD 605.000 para Bonifacio Ríos Ávalos y USD 295.000 para los herederos de Carlos Fernández Gadea, a ser abonados en el plazo de un año. Todo como indemnizaciones a los mismos.

 

 

Deberá regularizar las jubilaciones de los exministros Bonifacio Ríos Ávalos y de Carlos Fernández Gadea (fallecido), desde el momento de su destitución en el 2003 hasta la fecha, con todas las prestaciones salariares y beneficios jubilatorios.