La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, integrada por Carolina Llanes, Manuel Ramírez Candia y Luis María Benítez Riera, declaró inadmisible el recurso extraordinario de casación planteado por la defensa de Daniel Paredes Duarte. Con esto queda firme su condena de 30 años de pena privativa de libertad, por abusar sexualmente de su sobrino de 7 años y luego asesinarlo a puñaladas.
Paredes Duarte fue condenado el 17 de abril del 2019 por el Tribunal de Sentencia de Alto Paraná, integrado por Herminio Montiel, Marino Méndez y Zunilda Martínez Noguera.
Según los antecedentes del caso, el hecho ocurrió en setiembre del 2016 en el interior de una quinta, en el distrito de Cedrales, cuando la víctima era habitual que iba a quedarse con su tío en dicho lugar, ya que este era el capataz de dicho establecimiento.
En el momento en que ocurrió el hecho, el menor había pedido auxilio e intentó denunciar el hecho, por lo que fue tomado por su tío quien le infringió cuatro estocadas. Paredes Duarte intentó armar una coartada, diciendo que sufrieron un asalto, pero luego cayó en contradicciones y luego confesó el crimen.






