Corte confirma absolución de Edgar Martínez Sacoman

356
Edgar Martínez Sacoman

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia declaró inadmisible el recurso extraordinario de casación interpuesto por el agente fiscal Osmar Segovia en la causa conocida como “Carlos Andrés Pulgarín Tobón y otros” en la que también se encuentra implicado Edgar Martínez Sacoman, quien fue absuelto por el Tribunal de Sentencia de Alto Paraná.

La resolución, asentada bajo el AyS N.º 196, fue adoptada por mayoría, con votos coincidentes de los ministros María Carolina Llanes y Luis María Benítez Riera, mientras que el ministro Manuel Ramírez Candia se pronunció a favor de la admisibilidad del recurso.

La ministra Llanes, en su voto preopinante, argumentó que el recurso presentado por el fiscal Segovia no cumplía con los requisitos formales establecidos en el Código Procesal Penal. En particular, señaló que la presentación carecía de una fundamentación clara, completa y autónoma, lo cual imposibilitó un análisis jurídico válido por parte del máximo tribunal penal.

“El recurso se limita a repetir agravios ya tratados por el Tribunal de Apelación y no desarrolla adecuadamente la conexión causal entre la supuesta infracción legal y sus consecuencias jurídicas”, sostuvo la ministra, subrayando que la invocación del art. 478, inciso 3° del CPP no fue acompañada de una argumentación sólida y razonada. En la misma línea, el ministro Benítez Riera se adhirió a este razonamiento, votando también por la inadmisibilidad del recurso.

Por su parte, el ministro Ramírez Candia votó en sentido contrario y defendió la admisión del recurso. Consideró que el escrito fiscal, aunque susceptible de crítica, cumplía con los presupuestos procesales básicos y argumentó que existían elementos que ameritaban un control de legalidad del fallo absolutorio dictado por los tribunales inferiores.

Ramírez Candia subrayó que el agente fiscal fundamentó su recurso en la presunta errónea interpretación del art. 27 de la Ley 1340/88, norma que castiga la tenencia de estupefacientes sin autorización. Según el fiscal, el Tribunal de Apelaciones habría incurrido en un error al justificar la absolución de Martínez Sacoman sobre la base de un uso terapéutico del cannabis, criterio que, a juicio del recurrente, no está contemplado por la ley en su redacción actual.

A pesar de esta disidencia, por mayoría de votos, la Sala Penal resolvió declarar inadmisible el recurso de casación. Con esta decisión, se confirma la validez del fallo absolutorio dictado en primera instancia y ratificado por el Tribunal de Apelaciones.