El Juez Penal de Garantías Miguel Ángel Palacios remitió un informe detallando el estado procesal de la causa caratulada “Hernán David Rivas Román s/ Producción mediata de documentos públicos de contenido falso”. El magistrado informó que el proceso se encuentra en etapa intermedia, con acusación presentada y audiencia preliminar fijada para el 17 de septiembre de 2025.
A raíz de este informe, el Consejo de Superintendencia de la Corte Suprema de Justicia dictó la Resolución Nº 174, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales de control sobre el registro de matrícula de abogados. En la misma se ordena la suspensión preventiva de la matrícula profesional de abogado del legislador Hernán David Rivas Román, quien no podrá ejercer la abogacía mientras dure la medida.
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La Corte aclaró que esta decisión es de carácter administrativo y cautelar, dictada con independencia del proceso penal en curso, cuyo juzgamiento corresponde al Ministerio Público y a los órganos jurisdiccionales competentes.
La resolución dispone, además, comunicar la suspensión a todos los juzgados y tribunales del país e inhabilitar de manera temporal la firma electrónica del abogado en el portal digital del Poder Judicial. Para instruir el sumario administrativo se designó como juez instructora Analía Velázquez, Superintendente General de Justicia interina.
De acuerdo con el informe judicial, a Rivas Román se le atribuyen hechos punibles de producción mediata y uso de documentos públicos de contenido falso, conductas que, de confirmarse, atentan contra la transparencia y la confianza pública que deben regir en el actuar de los auxiliares de justicia. El Consejo de Superintendencia consideró que existen indicios suficientes para suponer la comisión de faltas graves, tipificadas en la Acordada Nº 1597/21, lo que motivó la apertura de un sumario administrativo para esclarecer los hechos denunciados.







