Corte frena intento de apartar a juezas en caso de corrupción municipal en Jesús de Tavarangüe

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Hernán Adolar Schlender

La Sala Penal rechazó una apelación de la defensa y se confirma al Tribunal de Sentencia que debe juzgar a Hernán Adolar Schlender, ex intendente de Jesús de Tavarangüe acusado por supuesta lesión de confianza y lavado de dinero.

El recurso fue interpuesto por el abogado Fernando López Melgarejo, pero la Corte consideró que no existía sustento legal para habilitar el estudio del mismo, ya que el auto recurrido no es una resolución originaria del Tribunal de Apelaciones, sino que responde a una incidencia planteada en primera instancia.

La ministra María Carolina Llanes Ocampos se adhirió íntegramente al voto de inadmisibilidad del ministro preopinante, Luís María Benítez Riera, el ministro Gustavo Santander Dans tuvo una postura distinta. En su opinión, el recurso debía admitirse al considerar que la resolución sobre recusación sí tiene carácter originario en el Tribunal de Apelaciones y por tanto sería susceptible de apelación. No obstante, la mayoría se inclinó por la inadmisibilidad.

La decisión se fundamentó en lo dispuesto por los artículos 39, 449 y 461 del Código Procesal Penal, así como el art. 15 de la Ley Nº 609/95, que regula las atribuciones de la Corte Suprema.

La recusación presentada por Schlender pretendía apartar del caso a las magistradas Ana Rodríguez Brozon, Karina Jazmín Cáceres y Yolanda Morel de Ramírez, que tienen a su cargo el juzgamiento en una causa por lesión de confianza y otros delitos, en la cual él figura como uno de los principales procesados. La estrategia fue interpretada como una maniobra dilatoria sin base legal suficiente, ya que la resolución del Tribunal de Apelaciones que negó la recusación no habilita ulterior recurso ordinario.