La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, integrado por Eugenio Jiménez Rolón, Manuel Ramírez Candia y César Garay, no hizo lugar a la recusación planteada por Javier Díaz Verón y María Selva Morínigo contra la fiscal General del Estado, Sandra Quiñonez en el marco de la causa penal por enriquecimiento ilícito y lavado de dinero.
El 23 de julio del 2021, Díaz Verón y su esposa había recusado la fiscal General del Estado, antes también a la fiscal del caso Natalia Silva y a la fiscal Adjunta de la Unidad de Delitos Económicos y Anticorrupción Soledad Machuca.
La idea del exfiscal general era recusar a Quiñonez para que esta no le confirmara a la fiscal Adjunta y a la fiscal del caso en proseguir en la mencionada causa, presumiblemente todo eso era un acto dilatorio.
“Debe tenerse presente que la recusación sólo puede darse cuando se prueba de modo categórico, que el recusado está incurso en una de las causales previstas en la ley; vale decir, el instituto de la recusación no puede servir de instrumento para apartar, en este caso, a la Fiscal General del Estado, por circunstancias que respondan meramente al interés o a las opiniones particulares de cualquiera de las partes”, decía parte de la resolución de la Sala Penal.
Díaz Verón y su esposa se habían agraviado porque la administración de Quiñonez supuestamente ha tomado la causa como uno de los supuestos parámetros de supuesta lucha contra la corrupción , slogan que fuera asumido y difundido por la propia Fiscal General del Estado, circunstancia que atenta contra la objetividad que debe primar en el tratamiento a las causas que son llevadas adelante por el Ministerio Público más aun cuando se quiere en un Estado constitucional de derecho debe respetarse la presunción constitucional de inocencia.
El 19 de agosto del 2021, el juez Penal de Garantías Julián López elevó la causa de Díaz Verón y señora a juicio oral y público, por enriquecimiento ilícito y lavado de dinero respectivamente.
La acusación de Ministerio Público señala que los hechos atribuidos al señor Javier Díaz Verón, en su calidad de funcionario público, consisten en la adquisición, con posterioridad al inicio de su función, de inmuebles, ganados, rodados e inversiones en empresas.
Así también, realizó cancelación de deudas personales como también pagos a empresas. Es más, efectuó gastos de explotación ganadera. Dicho con otros términos, el señor Javier Díaz Verón ha realizado adquisiciones, inversiones y cancelaciones de deudas que han sobrepasado sus legítimas posibilidades económicas y la de su cónyuge María Selva Morínigo de Díaz.
El 25 de noviembre del años pasado, el Tribunal de Apelación, Segunda Sala, integrado por Delio Vera Navarro, Bibiana Benítez y José Agustín Fernández, ratificó la elevación a juicio causa del ex fiscal General del Estado, Francisco Díaz Verón y su esposa María Selva Morínigo por enriquecimiento ilícito.
Los antecedentes del caso indican que, entre el 2014 y el 2016, Javier Díaz Verón acumuló una fortuna de aproximadamente G. 1.150 millones que no se justificaba con sus ingresos económicos. El exfiscal se expone hasta a 10 años de cárcel por el delito mencionado. En tanto que la esposa, acusada por lavado de dinero, María Selva Morínigo, no pudo justificar el origen de casi G. 1000 millones.






