La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia hizo lugar al hábeas corpus genérico promovido por la abogada Amanda Raquel Silva, en representación del imputado Wilfrido Ceferino Estigarribia Benítez, quien se encuentra recluido en la Penitenciaría Nacional de Tacumbú en el marco de una causa vinculada a hechos de crimen organizado.
El planteamiento de la defensa solicitaba el traslado urgente del procesado a un centro asistencial para la realización de estudios médicos, alegando el incumplimiento de las indicaciones emitidas por el médico forense Dr. Jorge Maldonado, quien había recomendado una serie de análisis laboratoriales, estudios diagnósticos y evaluaciones por especialistas, atendiendo a la condición de salud del interno, paciente post-bariátrico con dolencias específicas.
En el marco del proceso penal, el imputado se encuentra bajo la jurisdicción del Juzgado Penal de Garantías del fuero especializado contra el crimen organizado, a cargo del juez Osmar Legal, quien había dispuesto la prisión preventiva mediante resolución dictada en marzo del 2025. Asimismo, intervino en actuaciones relacionadas la juez interina Lici Teresita Sánchez, quien en su momento indicó que los traslados médicos debían ser gestionados por la dirección del establecimiento penitenciario.
Al analizar el caso, la Sala Penal, integrada por los ministros María Carolina Llanes, Luis María Benítez Riera y Manuel Ramírez Candia, concluyó que no se acreditó ilegalidad en la privación de libertad del imputado, por lo que no correspondía ordenar el traslado en los términos solicitados por la defensa.
No obstante, el máximo tribunal consideró que la falta de atención médica adecuada sí constituye una situación susceptible de agravar las condiciones de reclusión, lo que habilita la intervención mediante hábeas corpus genérico. En ese sentido, la Corte enfatizó que “la restricción de libertad no limita el ejercicio de los derechos a la vida y a la salud”.
En consecuencia, se resolvió hacer lugar a la garantía constitucional con un alcance correctivo, ordenando que tanto las autoridades penitenciarias como el juzgado competente adopten las medidas necesarias para garantizar que Wilfrido Ceferino Estigarribia Benítez reciba los estudios médicos, diagnóstico y tratamiento conforme a lo indicado por el médico forense.
Además, la Sala Penal exhortó al juez de garantías Osmar Legal y al director de la Penitenciaría de Tacumbú a arbitrar los medios necesarios para asegurar la atención médica del interno y recomendó al Ministerio de Justicia implementar acciones orientadas a resguardar su estado de salud.






