La Sala Penal declaró inadmisible la casación planteada por la defensa del concejal de Santa Rosa del Aguaray (San Pedro), Luis Alberto Sala Ferreira, contra el fallo del Tribunal de Apelación que ratificó el rechazo de varios incidentes planteados durante la audiencia preliminar y, en consecuencia, confirmó la remisión a juicio de su causa por presunto tráfico de influencias.
En un breve análisis, la Sala sostuvo que la presentación no cumple las disposiciones de forma, dado que la resolución recurrida no es objetivamente impugnable por esta vía. La misma, al confirmar el auto interlocutorio que dispone la elevación de la causa a juicio oral y público, no tiene el efecto ni la virtualidad de poner fin al procedimiento, extinguir la acción o la pena, o denegar la extinción, conmutación o suspensión de la pena, según lo preceptuado por el Art. 477 del C.P.P.
La acusación sostiene que Sala Ferreira habría solicitado Gs. 24 millones a un ciudadano para obtener la firma de una resolución municipal vinculada al fraccionamiento de un inmueble. De acuerdo con la investigación, el caso se originó a partir de gestiones realizadas por la familia de Wenceslao Ávalos para completar el proceso de fraccionamiento de un inmueble perteneciente a sus padres en la ciudad de Santa Rosa del Aguaray, San Pedro.
Según la Fiscalía, luego de que el Servicio Nacional de Catastro formulara observaciones sobre la ubicación del inmueble, fue necesario tramitar una rectificación de la resolución municipal correspondiente. Cuando el denunciante acudió a la Municipalidad para conocer el estado del expediente, supuestamente fue informado por Sala Ferreira de que la entonces intendente Silvia Noemí Trubger Benítez no firmaría el documento sin recibir previamente dinero.
La acusación sostiene que el concejal habría exigido inicialmente Gs. 24 millones y que posteriormente insistió en reiteradas ocasiones mediante llamadas telefónicas, mensajes de texto, audios y encuentros personales. La investigación incluye audios, mensajes y grabaciones realizadas por el propio denunciante. Según la Fiscalía, en varias conversaciones Sala Ferreira habría reiterado que el pago era necesario para lograr la firma de la resolución municipal.
Además, la carpeta fiscal refiere que en fecha 29 de julio del año 2025 se concretó una entrega vigilada autorizada judicialmente. Ese día, el denunciante se reunió con el edil en una estación de servicios sobre la Ruta PY08 y posteriormente en otro punto de la ciudad, donde se produjo la intervención fiscal y policial. Las autoridades sostienen que el procedimiento permitió obtener nuevos elementos de prueba sobre la supuesta exigencia de dinero.







