Corte Suprema confirma condena de cinco años por tráfico ilegal de madera en Alto Verá

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Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia

La Sala Penal no admitió un recurso de casación y dejó firme la condena de 5 años de prisión para Pablino Adorno Peralta y Wilson Daniel González Martínez, quienes fueron sentenciados por tráfico Ilegal de maderas nativas, previsto en el art. 4 inciso C de la ley 716/96, que sanciona Delitos contra el Medio Ambiente.

Los ministros María Carolina Llanes, Manuel Ramírez Candia y Luis María Benítez Riera concluyeron que las impugnaciones no cumplían con los requisitos de admisibilidad y fundamentación exigidos por la ley procesal penal.

El caso se originó tras la incautación de un camión cargado con más de 25.000 pulgadas métricas de maderas nativas, como yvyra pytá, lapacho, cedro, kurupay y peterevy, sin documentación que respaldara su transporte, en inmediaciones del Parque Nacional San Rafael, una zona protegida por ley. Durante el juicio, los informes técnicos y las declaraciones de agentes del INFONA y del MADES confirmaron que el cargamento provenía de tala ilegal realizada con motosierras, lo que fue determinante para la condena de cinco años impuesta a los acusados por el Tribunal de Sentencia.

Uno de los puntos más importantes del proceso fue el comiso del camión utilizado para el transporte de la madera. El propietario del vehículo, Sergio Ramón Vera, alegó que no se le permitió defenderse adecuadamente en relación con su derecho de propiedad. No obstante, la Corte Suprema determinó que el comiso no fue debidamente fundamentado por el tribunal de origen, por lo que ordenó anular esa parte de la sentencia y devolver el camión al propietario.

Por otra parte, la defensa de los condenados alegó contradicciones en la sentencia, ya que fueron absueltos por tentativa de comercialización ilegal de maderas, pero condenados por tráfico ilegal. Sin embargo, la Corte aclaró que ambos tipos penales poseen elementos distintos y que no existe incompatibilidad jurídica en dicha resolución.

Finalmente, los ministros concluyeron que los argumentos presentados no justificaban la nulidad total de la sentencia, por lo que resolvieron confirmar el fallo condenatorio y anular solamente el comiso del vehículo.