Corte Suprema habilita a Alicia Pucheta a cobrar jubilación y salario

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Alicia Pucheta

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia hizo lugar parcialmente a la acción de inconstitucionalidad promovida por la exministra y actual presidenta del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, Alicia Pucheta, habilitándola a percibir simultáneamente sus haberes jubilatorios y la remuneración correspondiente al cargo público que desempeña.

El fallo, dictado por los ministros César Diesel, Víctor Ríos Ojeda y Gustavo Santander Dans, declaró la inaplicabilidad de lo establecido en el art. 251 de la Ley de Organización Administrativa y Financiera del Estado de 1909, modificado por la Ley N° 6834/2021, en relación con la accionante.

La normativa cuestionada establecía que los jubilados que reingresan a la función pública deben optar entre percibir su jubilación o el salario del cargo. Sin embargo, la Corte consideró que dicha disposición vulnera derechos constitucionales al imponer una renuncia forzada a beneficios ya adquiridos.

En su análisis, los ministros sostuvieron que los haberes jubilatorios forman parte del patrimonio del trabajador, por lo que resultan inviolables conforme al art. 109 de la Constitución Nacional. Asimismo, señalaron que constituyen un derecho adquirido e irrenunciable, protegido por el art. 86 de la Carta Magna. El fallo también destacó que la jubilación no puede ser considerada una remuneración por función pública, sino un derecho derivado de los aportes realizados durante la vida laboral, lo que la diferencia del salario percibido por el ejercicio de un cargo.

Además, la Corte observó que la norma generaba una situación de desigualdad, al permitir excepciones para determinados sectores, como docentes e investigadores, mientras imponía restricciones a otros jubilados en condiciones similares, lo que fue considerado contrario al principio de igualdad.

En cuanto a otros artículos impugnados por la accionante, el tribunal declaró abstracta la cuestión respecto a algunas disposiciones, debido a su derogación o a la pérdida de vigencia por tratarse de normas presupuestarias de carácter temporal. La acción había sido promovida tras el nombramiento de Alicia Pucheta como representante del Poder Ejecutivo ante el Consejo de la Magistratura, situación que reactivó el debate sobre la compatibilidad entre jubilación y ejercicio de funciones públicas.

Con esta decisión, la Corte sienta un criterio relevante en materia de derechos laborales y previsionales, al reconocer la coexistencia de ambos ingresos cuando derivan de fuentes distintas y no constituyen una doble remuneración por función pública. El fallo tiene efectos directos para la accionante, aunque podría influir en futuros casos similares, en los que se discuta la compatibilidad entre jubilación y desempeño en la función pública.