Corte Suprema rechaza hábeas corpus de procesada en caso Pavo Real I

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Angela María Kunrath Procesada

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia rechazó el hábeas corpus reparador promovido por la defensa de Ángela María Kunrath, procesada en el marco de la causa conocida como “Pavo Real I”, vinculada al esquema criminal atribuido al narcotraficante brasileño Jarvis Chimenez Pavão.

La acción constitucional fue presentada por la abogada Gloria Zunilda Duarte Montiel, quien sostuvo que la prisión preventiva decretada contra su defendida carecía de sustento legal y resultaba ilegal y arbitraria. Entre sus argumentos, señaló que la acusación del Ministerio Público habría sido presentada de manera extemporánea, una vez precluida la etapa preparatoria del proceso y cuestionó además la prórroga concedida a la Fiscalía y la declaración de rebeldía dictada en su contra.

Al analizar el planteamiento, la Sala Penal integrada por los ministros Alberto Martínez Simón, Luis María Benítez Riera y César Antonio Garay, concluyó que no se verifican los presupuestos constitucionales ni legales para hacer lugar a la garantía solicitada. El fallo sostiene que la privación de libertad de Kunrath se encuentra respaldada por resoluciones judiciales dictadas por autoridad competente, en el marco de un proceso penal regularmente tramitado.

Según los antecedentes remitidos por el Juzgado Penal Especializado en Crimen Organizado del Segundo Turno, la causa se inició en julio del 2023 y la procesada fue imputada por hechos previstos en la Ley Nº 1340/88 y su modificatoria, la Ley Nº 1881/02, así como por disposiciones del Código Penal relacionadas con crimen organizado. La acusada fue declarada en rebeldía en julio del 2024, con orden de captura, medida que posteriormente fue levantada al disponerse su prisión preventiva en diciembre del mismo año.

La Corte recordó que el hábeas corpus reparador es una vía excepcional destinada a corregir situaciones de privación ilegal de la libertad y que no puede ser utilizado como un medio para revisar decisiones judiciales adoptadas por los jueces naturales de la causa. En ese sentido, enfatizó que las cuestiones procesales alegadas por la defensa ya fueron tratadas en las instancias correspondientes.

En su resolución, el máximo tribunal concluyó que no existen circunstancias que deban ser rectificadas respecto a la situación de Ángela María Kunrath, por lo que resolvió rechazar el hábeas corpus, manteniéndose vigente la medida de prisión preventiva dispuesta en su contra.