Corte Suprema rechaza recusación y destraba segunda causa contra Hugo Javier González

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Exgobernador de Central Hugo Javier González

La Sala Penal de la Corte rechazó la recusación promovida por la defensa del exgobernador de Central, Hugo Javier González, contra los miembros del Tribunal de Apelaciones, Segunda Sala. Con esta decisión, se desetraba la segunda causa abierta por el supuesto desvío de Gs. 18.300 millones de la Gobernación, permitiendo que continúe el trámite previo al juicio.

La resolución fue adoptada por los ministros de la Corte Suprema de Justicia Luís María Benítez Riera, Carolina Llanes y César Garay Zucolillo, quienes coincidieron en que lso argumentos presentados por la defensa no demostraron la existencia de causales legales que justificaran apartar a los camaristas cuestionados.

La recusación fue presentada por la abogada Lisselle María Barrientos Valdez, representante legal de Hugo Javier González, contra los camaristas Arnulfo Arias, Paublino Escobar Garay y Mario Camilo Torres.

Según la postura de la defensa, se configuraban las causales previstas en los incisos 6 y 13 del art. 50 del Código Procesal Penal, respecto a una supuesta intervención anterior de los mismos camaristas en la causa y a la existencia de motivos graves que afectarían su imparcialidad e independencia.

No obstante, los jueces recusados respondieron mediante informes en los que rechazaron categóricamente los cuestionamientos y señalaron que la recusación se basaba únicamente en la disconformidad de la defensa con decisiones jurisdiccionales adoptadas en el expediente.

En su voto, el ministro Benítez Riera recordó que la recusación es una garantía procesal destinada a preservar la imparcialidad judicial, pero subrayó que debe sustentarse en hechos concretos, graves y debidamente probados.

El alto magistrado concluyó que, en este caso, no existía fundamento serio ni jurídicamente válido para apartar a los integrantes del Tribunal de Apelación. Según indicó, los argumentos expuestos reflejaban simplemente desacuerdo con actuaciones judiciales previas, circunstancia que no constituye causal legal de recusación.

La Sala Penal también enfatizó que esta herramienta procesal no puede convertirse en un mecanismo para seleccionar jueces o retrasar el avance del proceso penal, ya que ello afectaría el principio del juez natural y el normal desarrollo del debido proceso.

En esta segunda causa, el Ministerio Público acusa a Hugo Javier González y a otros procesados por los supuestos hechos punibles de lesión de confianza, apropiación, producción de documentos no auténticos y asociación criminal.

La investigación se refiere a hechos ocurridos entre los años 2019 y 2020, durante la administración de González al frente de la Gobernación de Central y apunta a un esquema que habría ocasionado un perjuicio superior a Gs. 18.300 millones mediante presuntas transferencias irregulares de fondos públicos.

Con el rechazo de la recusación, el expediente fue remitido nuevamente al Tribunal de Apelación Penal del Fuero Especializado en Delitos Económicos y Crimen Organizado, Segunda Sala, que ahora deberá resolver la apelación planteada contra el auto de apertura a juicio oral.

Esa decisión es determinante para definir si el proceso queda en condiciones de avanzar hacia el debate oral y público, instancia en la que se analizarán las evidencias reunidas por la Fiscalía y los argumentos de las defensas.

La resolución de la Corte representa un paso significativo en una de las causas de mayor relevancia vinculadas al manejo de recursos de la Gobernación de Central, al remover un incidente que mantenía suspendido el tratamiento de los recursos pendientes y demoraba el eventual inicio del juicio.