La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia resolvió, por mayoría, suspender provisionalmente los efectos de normas legales que prohíben percibir simultáneamente salario y jubilación en la función pública, en el marco de una acción de inconstitucionalidad promovida por el actual ministro de Defensa Nacional, Óscar Luis González Cañete, junto con otros once accionantes vinculados al ámbito militar.
La decisión fue adoptada al analizar la acción dirigida contra lo establecido en el art. 13 inciso e) de la Ley Nº 7445/2025 y lo establecido en el art. 1 de la Ley Nº 6834/2021, que modificó el art. 251 de la Ley de Organización Administrativa. Dichas disposiciones establecen restricciones para que funcionarios públicos perciban de manera simultánea una remuneración estatal y una jubilación.
Los ministros Víctor Ríos y César Diesel votaron a favor de admitir el trámite de la acción de inconstitucionalidad y de hacer lugar a la medida cautelar solicitada por los accionantes, consistente en la suspensión provisoria de los efectos de las normas impugnadas mientras se analiza el fondo del caso.
Con esta decisión, la suspensión de las disposiciones cuestionadas se aplica únicamente respecto de los demandantes, quienes sostienen que la prohibición vulnera derechos constitucionales vinculados al trabajo y al principio de igualdad, consagrados en la Constitución Nacional. Los accionantes argumentaron que las normas atacadas podrían afectar su derecho a desempeñar funciones públicas pese a contar con una jubilación, señalando que el único requisito para acceder a la función pública debe ser la idoneidad.
En disidencia, el ministro Gustavo Santander Dans consideró que no estaban dados los presupuestos previstos en el Código Procesal Civil para otorgar la medida cautelar. A su criterio, no se acreditó que la aplicación de las normas cuestionadas pudiera ocasionar un perjuicio irreparable a los accionantes, requisito necesario para suspender los efectos de una disposición legal mientras se sustancia la acción.
El análisis de fondo sobre la constitucionalidad de las normas cuestionadas continuará en el máximo tribunal, que deberá determinar si las disposiciones legales se ajustan o no a los principios establecidos en la Constitución.







