CSJ definirá competencia de juzgado en caso de exintendente de Nueva Alborada

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Juez Humberto Otazú

La Sala Penal de la Corte deberá definir qué juzgado será el que realizará la audiencia preliminar del exintendente de Nueva Alborada, Jorge Rubén Johansson Cuadra y otros procesados por un supuesto perjuicio patrimonial de unos Gs. 3.169.112.189. El juez Humberto Otazú se declaró incompetente para tramitar la causa, alegando que la mayor parte del proceso se tramitó en el juzgado de garantías de Encarnación.

El juez Humberto Otazú se declaró incompetente para entender en la causa, ordenando la remisión de los autos a la Corte Suprema de Justicia para que se resuelva el conflicto de competencia. Otazú argumentó que la mayor parte del proceso se tramitó en el Juzgado Penal de Garantías N° 02 de Encarnación.

Según consta en el documento, la imputación en la causa se formuló en fecha 19 de agosto del 2022, a raíz de denuncias presentadas en 2017 y 2019 por concejales municipales contra el entonces intendente Johansson Cuadra. El Juzgado de Garantías de Encarnación llevó adelante la etapa preparatoria, incluyendo una primera audiencia preliminar en agosto del año 2023, donde resolvió el sobreseimiento provisional, sin que se objetara la competencia.

Posteriormente, el Ministerio Público solicitó la reapertura de la causa y su elevación a juicio oral y público, momento en el cual el Juez Penal de Encarnación resolvió remitir la causa a un juzgado especializado, fundamentándose en la Ley 6379/19 y en el monto del daño patrimonial. Sin embargo, el juez Otazú consideró que, habiendo ya realizado un análisis de la admisión de la imputación y de un requerimiento conclusivo donde figuraba el monto del supuesto daño, la remisión resultaba improcedente.

El magistrado argumentó que el proceso ya había avanzado significativamente ante el Juzgado de Garantías de Encarnación, con una duración de más de 2 años y 8 meses y que la competencia de dicho juzgado no había sido objetada por las partes ni por el Tribunal de Apelación en los numerosos recursos interpuestos. En ese sentido, invocó el principio del juez natural, que impide la creación de órganos especiales para casos particulares y remitió el caso a la Corte Suprema para que defina qué juzgado debe continuar con el proceso.

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