La Corte Suprema de Justicia (CSJ) dejó firme la condena de 2 años con suspensión para el ex intendente de Arroyos y Esteros, Gustavo Alfonso, por un caso de un perjuicio de Gs. 600 millones por uso irregular de fondos del FONACIDE.
Los Ministros de la CSJ Manuel Ramírez Candia, Luis María Benítez Riera y María Carolina Llanes no admitieron el recurso extraordinario de casación planteado contra el acuerdo y sentencia n° 80 de fecha 23 de septiembre del año 2022, dictado por el Tribunal de Apelaciones en lo Civil, que confirmó la condena impuesta al exintendente.
La abogada Magdalena Narváez, quien representa a Alfonso, en su escrito de casación invoca el motivo dispuesto en el art. 478 inciso tercero del Código Procesal Penal (CPP). La misma menciona que el fallo del Tribunal es completamente infundado ya que no analizaron las cuestiones que planteó mediante su apelación especial, sin embargo, la misma no especificó de forma concreta por qué lo resuelto por la Cámara de Apelaciones fue incorrecto.
Para los ministros, el recurso planteado no está debidamente fundado y especificado, por lo que corresponde declarar inadmisible debido a que no cumple con los requisitos previstos en la ley para su admisibilidad, específicamente en lo referente a la fundamentación.