Cuestionan validez de audiencia en causa por producción de documentos no auténticos

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La defensa de Guido Evaristo González Duarte presentó un recurso de apelación general contra la resolución judicial que dispuso la elevación de la causa a juicio oral y público, en el marco de una investigación por supuesta producción de documentos no auténticos.

El planteamiento fue interpuesto por su defensa técnica, el abogado Daniel Aguilar López, quien solicita la revocación del A.I. Nº 486 dictado el 29 de mayo del 2026 por el Juzgado Penal de Garantías Nº 9 de la Capital. En su escrito, la defensa sostiene que durante el desarrollo de la audiencia preliminar se habrían producido irregularidades que vulneraron garantías procesales básicas, particularmente los principios de inmediación, continuidad y oralidad del proceso penal.

El recurso afirma que el juez habría abandonado la sala en varias ocasiones durante la audiencia, lo que, según el planteamiento, afectó la validez del acto procesal.

Asimismo, la defensa cuestiona que el Ministerio Público y otros intervinientes no habrían estado presentes de forma continua durante la diligencia, señalando además que la dinámica del acto se habría desarrollado en condiciones de desorden por la simultaneidad de otras audiencias en el mismo espacio físico.

El recurso también impugna la resolución del juzgado que rechazó diversos planteamientos de la defensa, entre ellos la excepción de prescripción de la acción penal y el pedido de sobreseimiento definitivo. Según la apelación, la acción penal estaría prescripta, ya que los hechos investigados se remontarían al año 2022 y, a criterio de la defensa, habría transcurrido el plazo legal correspondiente para la persecución penal.

De igual forma, se sostiene que el juzgado no habría realizado un análisis adecuado de los incidentes planteados, lo que, según el escrito, afectaría la fundamentación de la decisión que ordenó la elevación de la causa a juicio. En cuanto al fondo de la imputación, la defensa afirma que la conducta atribuida a González Duarte no se encuadraría en el delito de producción de documentos no auténticos.

El planteamiento sostiene que el acusado efectivamente cursó materias y obtuvo títulos en la Universidad Metropolitana de Asunción (UMA), por lo que, según la versión defensiva, no existiría falsificación documental ni perjuicio concreto derivado de los hechos investigados.

El recurso de apelación cita disposiciones del Código Procesal Penal, así como principios constitucionales y tratados internacionales, entre ellos la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica), especialmente en lo relativo al derecho a un recurso sencillo y efectivo. Asimismo, la defensa invoca el principio de supremacía constitucional y normas del derecho internacional de los derechos humanos como sustento de su petición de revisión de la resolución impugnada.

Finalmente, la defensa solicita a la Cámara de Apelaciones la admisión del recurso y la revisión íntegra del A.I. Nº 486, incluyendo la resolución de elevación a juicio oral, alegando la existencia de vicios procesales, falta de fundamentación suficiente y presunta afectación de garantías constitucionales.

La causa permanece ahora a consideración del órgano de alzada, que deberá resolver sobre la admisibilidad y el fondo del recurso presentado.