Datos de importación de mercaderías es información pública, según Ramírez Candia

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Ministro Manuel Ramírez Candia

El ministro de la Corte, Manuel Ramírez Candia, votó por sancionar al juez civil y comercial Ulises Agustín Peña Vargas, considerando que al conceder el hábeas data impulsado por Salustro SA y Grupo 35 S.A., se procedió a la eliminación de datos sobre importación de mercaderías de la web de Aduanas (actual DNIT), que a su criterio es información pública. 

Durante la exposición de su voto, sostuvo que el magistrado, al ordenar la eliminación de los datos de importación de la web de Aduana (hoy Dirección Nacional de Ingresos Tributarios) referente a dichas firmas, incurrió en mal desempeño funcional por violar el artículo 135 de la Constitución Nacional.

Explicó que  por vía de la acción de habeas data, la Constitución autoriza al juez a atender cinco pretensiones del recurrente, entre ellas la de destrucción (en los términos de la Constitución) o eliminación (en los términos del magistrado), de la información personal o matrimonial que afectare en forma ilegítima su derecho.

A su criterio, en el presente caso no ocurrió tal afectación, a menos que exista el derecho al secreto de las operaciones comerciales, que está sujeto al control del Estado.

Remarcó que la información proporcionada por la DNIT son relativas a bienes y volumen de mercaderías importadas, catalogadas como información pública. 

Concluyó que la decisión del juez no se ajusta a lo establecido en el artículo 135 de la Constitución, debido a que no hay afectación ilegítima a algún derecho. “Considero que corresponde que este Jurado sancione al magistrado, que no lo va a hacer seguramente”, sentenció.

El voto en disidencia de Ramírez no contó con la adhesión de ninguno de los miembros del Jurado, por lo que el magistrado finalmente fue absuelto por mayoría. 

Jurado de Enjuiciamiento absuelve al juez Ulises Peña en causa por presunto mal desempeño