Declaran improcedente recusación planteada contra ministro en caso Sol Chávez

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La Corte Suprema de Justicia confirmó al ministro Eugenio Jiménez Rolón para integrar la Sala Penal, que debe resolver si quedan firmes o no las condenas de la odontóloga y la bioquímica sentenciadas por la muerte de Sol Chávez, quien murió por intoxicación con flúor en un tratamiento odontológico.

La recusación fue planteada por la defensa de la condenada Lilia Graciela Espinoza, pero fue rechazada por ser «totalmente improcedente». El ministro Eugenio Jiménez Rolón integra la Sala Penal que debe estudiar las casaciones pendientes, junto con la ministra Carolina Llanes y el ministro Manuel Ramírez Candia.

El abogado Derlis Alcides Céspedes fue quien alegó la supuesta existencia de enemistad, odio y resentimiento del ministro Eugenio Jiménez Rolón hacia su persona, circunstancias que, según la defensa, afectarían la imparcialidad del alto magistrado para intervenir en el estudio del recurso. El planteamiento se sustentó en antecedentes vinculados a una causa civil tramitada años atrás, así como en decisiones adoptadas por el ministro en otros procesos donde intervino el mismo profesional.

Al analizar el incidente, la ministra María Carolina Llanes, en su voto preopinante, recordó que la recusación constituye un instituto procesal de interpretación restrictiva, destinado exclusivamente a garantizar la independencia e imparcialidad del juzgador y que su procedencia exige la acreditación de hechos concretos, graves y objetivamente verificables.

En ese sentido, la ministra sostuvo que los argumentos expuestos por la defensa carecen de sustento probatorio suficiente y que las manifestaciones sobre presuntos sentimientos personales del ministro recusado no fueron respaldadas por hechos demostrables que permitan inferir una afectación real a su objetividad. Asimismo, señaló que las decisiones judiciales adversas a una de las partes o a su defensa no constituyen, por sí mismas, una causal válida de recusación, aun cuando generen disconformidad profesional.

La resolución destaca además que los hechos invocados por la defensa se originan en un proceso civil completamente ajeno a la causa penal en trámite, por lo que no resulta jurídicamente viable trasladar situaciones de otro juicio como fundamento para separar a un magistrado en un proceso distinto. La ministra Llanes también subrayó que el ordenamiento jurídico prevé otros mecanismos procesales idóneos para cuestionar resoluciones que se consideren erróneas o lesivas de derechos, los cuales no deben confundirse con la figura de la recusación, reservada para supuestos específicos previstos en la ley.

A este criterio se adhirieron los ministros Manuel De Jesús Ramírez Candia y César Garay Zuccolillo, quienes coincidieron plenamente con los fundamentos expuestos en el voto preopinante.

En consecuencia, la Corte Suprema de Justicia resolvió rechazar por improcedente la recusación y confirmó la integración del ministro Eugenio Jiménez Rolón en la Sala Penal, que deberá pronunciarse sobre las casaciones pendientes relacionadas con las condenas impuestas a la odontóloga y a la bioquímica sentenciadas por la muerte de la joven Sol Chávez, quien falleció a causa de una intoxicación con flúor durante un tratamiento odontológico en el año 2021.