Defensa busca frenar anticipo de prueba y sostiene que copiloto podría ser imputado

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Incautan más de 260 kilogramos de hachís en aeronave privada

La defensa de uno de los procesados en la causa abierta tras la incautación de 261,6 kilogramos de presunta marihuana tipo hachís transportados en una aeronave privada presentó un recurso de apelación general contra la resolución de la juez Rosarito Montania, que ordenó la realización de un anticipo jurisdiccional de prueba para recibir la declaración del ciudadano estadounidense Jabari Stephan Brown.

El recurso fue promovido por el abogado Rafael Fernández Alarcón, quien sostiene que la resolución recurrida ocasiona un “gravamen irreparable” a la defensa al incorporar de manera anticipada una prueba que considera de relevancia central para el proceso penal.

Según el planteamiento, la producción anticipada de la declaración impediría que la prueba sea desarrollada en el marco natural del juicio oral y público, limitando el contradictorio pleno y consolidando un acto cuya eficacia probatoria resultaría difícil de revertir en etapas posteriores. En ese contexto, la defensa solicitó que se otorgue efecto suspensivo al recurso y que se suspenda la audiencia prevista para la declaración de Brown hasta que el Tribunal de Apelación se expida sobre la cuestión.

Uno de los principales argumentos de la apelación se centra en la condición procesal atribuida a Brown.

La defensa sostiene que el ciudadano estadounidense no debería ser considerado un testigo neutral, sino una persona que podría eventualmente revestir la calidad de imputado, atendiendo a que integraba la tripulación de la aeronave investigada como copiloto y participó directamente del vuelo durante el cual habrían sido transportadas las sustancias estupefacientes objeto de investigación.

El escrito también señala que Brown fue inicialmente detenido durante el procedimiento, fue objeto de allanamientos e incautaciones y se encontraba hospedado junto con otros ocupantes de la aeronave.

A criterio de la defensa, estas circunstancias constituyen elementos objetivos que justifican sospechas sobre una eventual participación en los hechos investigados, por lo que obligarlo a declarar bajo juramento en calidad de testigo podría afectar la garantía constitucional que protege a toda persona contra la autoincriminación.

En ese sentido, el recurso sostiene que una persona materialmente vinculada a los hechos no puede ser colocada en la posición jurídica de testigo, debido a que esta figura implica la obligación de declarar y decir verdad bajo juramento, situación distinta a la de un imputado, quien posee el derecho a guardar silencio y a no declarar contra sí mismo.

Otro de los agravios planteados se refiere a los presupuestos legales exigidos para la procedencia del anticipo jurisdiccional de prueba.

La resolución había considerado que la nacionalidad estadounidense de Brown y la posibilidad de que abandone el país constituían circunstancias suficientes para presumir dificultades futuras para recibir su declaración durante el juicio oral. Sin embargo, la defensa sostiene que tales fundamentos no satisfacen las exigencias previstas en los artículos 320 y 321 del Código Procesal Penal.

Según el recurso, la sola condición de extranjero no configura un obstáculo difícil de superar ni demuestra un riesgo concreto de imposibilidad futura de comparecencia. Asimismo, afirma que no se acreditó ninguna circunstancia objetiva que permita concluir que Brown abandonará el país de manera inminente o que resulte imposible obtener su testimonio en una etapa posterior.

La apelación añade que existen mecanismos de cooperación internacional, asistencia judicial y herramientas tecnológicas, como la videoconferencia, que podrían permitir la recepción de la declaración durante el juicio oral en caso de que el ciudadano estadounidense ya no se encuentre en territorio paraguayo.

La defensa también cuestiona la fundamentación de la resolución judicial, argumentando que la decisión se limita a mencionar la importancia de la declaración y un supuesto riesgo de imposibilidad futura sin exponer de manera concreta cuáles son los obstáculos reales que impedirían recibir el testimonio durante el juicio.

Asimismo, sostiene que el anticipo jurisdiccional de prueba constituye una medida excepcional que debe interpretarse restrictivamente, por tratarse de una excepción al principio general de producción de pruebas en el juicio oral y público.

Finalmente, el abogado Fernández Alarcón solicitó al Tribunal de Apelación la revocación de la resolución que autorizó la diligencia. De manera subsidiaria, pidió que se declare la nulidad del anticipo jurisdiccional de prueba y que se dejen sin efecto las evaluaciones médicas, psiquiátricas y psicológicas ordenadas respecto de Brown, al considerar que dichas medidas carecen de sustento suficiente.

El planteamiento deberá ser analizado ahora por el Tribunal de Apelación competente, que resolverá tanto la admisibilidad del recurso como los cuestionamientos formulados contra la declaración anticipada del copiloto de la aeronave investigada.