En el marco del juicio por difamación promovido por el abogado Guillermo Duarte Cacavelos, la defensa de la abogada María Esther Roa, ejercida por el abogado Guillermo Ferreiro, solicitó su absolución al sostener que no se configuran los elementos objetivos ni subjetivos del tipo penal.
Durante su intervención, el defensor argumentó que las expresiones atribuidas a su representada deben ser analizadas en el contexto de una crítica al sistema de justicia y a un asunto de interés público, vinculado a una causa penal por presuntos hechos de corrupción. En ese sentido, afirmó que tales manifestaciones se encuentran amparadas por la libertad de expresión, en particular cuando se refieren a temas que afectan al debate público.
Ferreiro señaló que su defendida se limitó a compartir y cuestionar un contenido cuya autenticidad era incierta, instando a que las autoridades investiguen los hechos. En esa línea, sostuvo que la pericia técnica no pudo concluir que el audio o la imagen difundidos fueran falsos, ni tampoco establecer una eventual fabricación intencional atribuible a la acusada.
A partir de ello, la defensa enfatizó la inexistencia de dolo o intención difamatoria, así como la ausencia de conocimiento cierto sobre la supuesta falsedad del contenido. “No existe aquí ni el elemento objetivo ni el subjetivo del tipo”, sostuvo el abogado, al descartar la configuración del hecho punible.
Asimismo, planteó que incluso en el supuesto de considerarse cuestionables las expresiones, estas deberían encuadrarse dentro de las previsiones legales que contemplan la protección de opiniones vertidas en asuntos de interés público. Afirmó que la crítica, incluso cuando resulte incómoda o severa, forma parte del debate democrático y no puede ser objeto de sanción penal.
En otro punto, la defensa cuestionó el pedido de composición económica de 20.000 dólares formulado por la querella, al señalar que no se incorporaron pruebas suficientes que acrediten los supuestos ingresos en moneda extranjera ni el daño concreto alegado. Sostuvo que la pretensión se basa en “suposiciones” y carece de respaldo probatorio.
También hizo referencia a la propia prueba pericial, indicando que, lejos de confirmar la hipótesis acusatoria, introdujo elementos que, según su interpretación, debilitan la tesis de la querella, especialmente al no poder determinar la falsedad del material difundido.
Ferreiro advirtió que una eventual condena en este caso implicaría “criminalizar la crítica pública”, generando un precedente que podría afectar el ejercicio de la libertad de expresión en temas de relevancia social. En esa línea, insistió en que el derecho penal no debe utilizarse para sancionar opiniones o cuestionamientos dirigidos a actores públicos o al funcionamiento institucional.
Finalmente, el defensor solicitó la absolución de su representada y requirió la imposición de costas a la querella, al considerar que la acusación fue promovida sin pruebas suficientes y sin cumplir con las exigencias necesarias para sustentar una condena.






