Denuncian cobros irregulares en juzgados de la niñez de Caacupé

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El ciudadano André Spallek realizó una queja acerca de presuntas irregularidades en el Juzgado de la Niñez y la Adolescencia de la ciudad de Caacupé, Departamento de Cordillera. Al respecto, comentó a PDS Radio que se trata de un caso de relacionamiento de un menor con su madre, quien cuenta con una condena por violencia contra el niño de ocho años.

Spallek presentó una queja por escrito ante el Superintendente de Cordillera Alberto Martínez Simón, quien inmediatamente ordenó una auditoría preliminar teniendo en cuenta que las trabajadoras sociales y las psicólogas que acompañaron el caso de relacionamiento entre la madre maltratadora y el menor, solicitaban la suma de Gs 400.000 por dos horas de forma semanal para realizar el trabajo.

“Al comienzo era una suma simbólica, para su combustible digamos, a lo que el padre accedió. Luego cambiaron e intentaron que exista una acordada para ello. Luego el padre se quejó en la oficina forense y se volvieron un poco más “tensas” las trabajadoras” comentó.

Al no recibir respuesta favorable por parte del Departamento Forense, el padre del menor recurrió a la Superintendencia. Explicó que no realizó una denuncia como tal sino más bien una queja, la cual el Ministro Martínez Simón tomó como un hecho bastante grave y resolvió la apertura de una auditoría, la cual reveló varios cobros indebidos en la Oficina Forense de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) de Caacupé.

Según la auditoría realizada, se pudo constatar que las funcionarias realizaron cobros indebidos, ya que en el año 2018 se promulgó la Ley 6.083, que modifica la Ley N° 1.680/01 “Código de la Niñez y Adolescencia”, que en su art. 167 del carácter del procedimiento reza: “la gratuidad del procedimiento alcanzará a toda atención desarrollada en el proceso por las funciones jurisdiccionales, tales como las realizadas por los Equipos Asesores de Justicia, Ujieres notificadores, actuarios judiciales y el propio juzgado, sin perjuicio de que la representación sea pública o privada”. Por lo que los profesionales forenses del fuero de la niñez y adolescencia se rigen por la Ley N° 6.083.

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