Desestiman denuncia por presunto pedido de coima contra agentes de tránsito de Asunción

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Juez Rodrigo Estigarribia

A pedido del Ministerio Público, el juez de garantías Rodrigo Estigarribia resolvió desestimar la denuncia presentada contra los agentes de tránsito de la Municipalidad de Asunción Arnaldo Andrés Olmedo y Miguel Ángel Cardozo, quienes fueron investigados por un supuesto pedido de coima a una conductora durante un procedimiento de tránsito ocurrido en septiembre del 2023.

La decisión judicial se sustenta en el requerimiento fiscal formulado por el agente Luis Piñanez de la Unidad Especializada de Delitos Económicos y Anticorrupción, quien concluyó que, tras las diligencias realizadas, no se logró reunir evidencia suficiente que permita sostener la hipótesis de un hecho punible. El magistrado coincidió con dicha valoración y declaró la desestimación de la causa por “orfandad probatoria”.

La denuncia tuvo origen en una denuncia realizada por la Municipalidad de Asunción, luego de la difusión mediática del testimonio de la señora Ramona Concepción Santander Zárate, quien afirmó que dos inspectores de tránsito le habrían solicitado dinero en efectivo para dejar sin efecto una multa por cruzar un semáforo en rojo, sobre la avenida Aviadores del Chaco.

Durante la investigación, el Ministerio Público incorporó numerosas actuaciones, entre ellas informes municipales, órdenes de trabajo de los agentes, actas de intervención, extractos bancarios de la denunciante, entrevistas testificales y los antecedentes del sumario administrativo instruido en el ámbito municipal. De dichas diligencias se desprende que efectivamente existió un procedimiento de tránsito el 18 de septiembre del 2023, documentado mediante un acta de intervención por infracción a la ordenanza municipal vigente.

No obstante, la Fiscalía señaló que el único elemento que sostenía la versión del supuesto pedido de coima era la declaración de la denunciante, la cual no pudo ser corroborada con otros medios de prueba directos o indirectos. En particular, se destacó que no se acreditó que la extracción de dinero realizada ese día haya tenido como destino el pago de un acto irregular por parte de los agentes municipales.

El juzgado recordó que el delito de cohecho pasivo agravado exige la comprobación de la aceptación o solicitud de un beneficio indebido a cambio de un acto contrario a los deberes del funcionario público, extremo que, según concluyó, no pudo demostrarse en el marco de la investigación penal.

En consecuencia, el juez Estigarribia admitió el requerimiento fiscal y ordenó la desestimación de la denuncia, disponiendo además el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que la decisión pueda ser revisada únicamente si varían las circunstancias que la fundamentaron, conforme a lo establecido en el Código Procesal Penal.